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Convocatoria del PERTE Naval

Se ha convocado las ayudas del PERTE NAVAL.

Sus objetivos son financiar actividades para:

  • la transformación de la cadena de valor industrial naval mediante su diversificación hacia las energías renovables marinas,
  • la digitalización de su cadena de valor,
  • el incremento de su sostenibilidad ambiental,

así como la mejora de la formación y capacitación de los empleados.

Por tanto la tipología de proyectos que se pueden financiar son los siguientes:

  • Diversificación (innovación en la cadena de valor),
  • Digitalización (transformación digital de la cadena)
  • Sostenibilidad (economía circular, eficiencia energética y mejora medioambiental).

Además, se tiene que presentar un plan transversal de formación y reciclaje profesional.

Dotación presupuestaria: La convocatoria tiene una dotación presupuestaria de 310 millones de euros correspondientes al PERTE Naval, y se espera que se movilicen una inversión total de unos 1.460 millones de euros (público+privado).

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 18 de enero de 2023 y finalizará el día 28 de febrero de 2023.

Gobernanza: Este PERTE es gestionado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, con fondos Next Gen EU

MINCOTUR. El Ministerio de Industria lanza convocatoria de ayudas a proyectos de I+D+i en el Sector NAVAL en forma de Subvención gestionadas por PYMAR

MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
AROSA I+D le ayuda a conseguir las subvenciones para sus proyectos de I+D+i en el Sector NAVAL gestionadas por PYMAR
GestionaPequeños y Medianos Astilleros, Sociedad de Reconversión, S.A. (PYMAR)
PublicaciónReal Decreto 1071/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión de ayudas al sector de construcción naval en materia de investigación y desarrollo e innovación.
Fecha de publicaciónBOE 08.12.2021
Vigencia del programaHasta 31.12.2023
Plazo solicitudesPENDIENTE DE CONVOCATORIA – Concesión directa.
ObjetoAyudas al sector de la construcción naval en España en materia de investigación y desarrollo e innovación
BeneficiariosLos astilleros (*)Las empresas de la industria auxiliar del sector naval, que participen en la realización de un proyecto en colaboración. Con residencia fiscal o un establecimiento permanente en España.   (*) Astillero: empresa del sector de construcción naval que disponga de la autorización administrativa o, en su defecto, que haya llevado a cabo en sus instalaciones la construcción integral de un buque de casco metálico de más de 250 GT o la transformación de un buque de casco metálico de más de 1000 GT, lo que se acreditará en la solicitud.
Prioridades temáticas.A fijar en la convocatoria
Tipos de proyectosa) Estudios de viabilidad técnica y medioambiental previos a proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental.
b) Investigación industrial.
c) Desarrollo experimental – Incluye las construcciones de buques y sistemas, y transformaciones de embarcaciones, así como la construcción de plataformas fijas y artefactos navales.
d) Innovación en materia de procesos y organización.   Individuales

En colaboración – proyecto de I+D+i que repercuta en la diferenciación tecnológica de los astilleros.
a) Dos o más astilleros.
b) Uno o más astilleros con la participación de empresas de la industria auxiliar del sector naval o que acrediten que por su experiencia o actividad aportan conocimiento tecnológico al proyecto. Participación mínima — 10% del total del proyecto Participación de astillero/s– >50% Representante del proyecto – Un astillero.
DotaciónA fijar en la convocatoria
Tipo de ayudaSubvención.

Intensidad máxima de ayuda

Presupuesto del proyectoMínimo – En colaboración — 100.000 €
Gastos Subvencionablesa) Mano de obra (investigadores, técnicos y demás personal auxiliar).—Gasto medio por proyecto hasta 45€/hora – máx. por trabajador 60€/h
b) Servicios profesionales.
c) Material.
d) Subcontratación.
e) Entrega llave en mano.
f) Otros. Excluyendo los gastos de viaje, serán los siguientes:
1) Gastos ligados al registro de patentes– sólo pyme.
2) Gastos del informe de auditoría del proyecto.
3) Gastos del informe del proyecto elaborado por una entidad de certificación acreditada.
4) Gastos indirectos– 20 % sobre los gastos de personal
Otros datosAyudas compatibles. Obligatorio Informe de Entidad de certificación acreditada, en el plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
BasesReal Decreto 1071/2021, de 7 de diciembre (BOE 8.12.2021)
Fondos EuropeosFondo de reestructuración