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Programa Tecnológico Aeronáutico 2023

El  Ministerio de Ciencia e Innovación a través del CDTI ha convocado nuevamente el Programa Tecnológico Aeronáutico (PTA).

En 2021 y en 2022 ya convocó de forma exitosa el PTA Aeronautico . En 2023 Las subvenciones podrán alcanzar los límites de intensidad máximos permitidos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.

Dotación presupuestaria:  41,6 millones de euros, de los que  8 millones de euros se destinarán a la modalidad de PYMES. La dotación puede ser ampliable.

Tipo de proyectos: Este programa financiará proyectos en concurrencia competitiva en torno a los retos identificados en el sector sobre reducción de emisiones, vehículos aéreos no tripulados, sistemas y fabricación inteligente y avanzada (digitalización). 

El PTA apoyará la ejecución de proyectos aeronáuticos de I+D+I empresarial que permitan generar un efecto de arrastre sobre toda la cadena de valor en los siguientes ámbitos:

  • Avión cero emisiones. Se busca minimizar el impacto medioambiental de las aeronaves, aumentando la eficiencia de los aviones del futuro y consiguiendo en el medio o largo plazo una reducción considerable o total de las emisiones contaminantes del tráfico aéreo, incluyendo nuevos sistemas de propulsión, optimización y eficiencia energética, avión más eléctrico, aeroestructuras más eficientes y diseño avanzado, entre otros.
  • UAVs. Potenciar las capacidades de I+D+I nacionales para posicionarse como referente en el campo de los aviones no tripulados, inteligentes y sistemas conectados.
  • Nuevas aeronaves multipropósito y sistemas. Impulsar las capacidades para el diseño, desarrollo, producción y certificación de un avión completo como tecnologías de sistemas (aviónica, actuación y control, simuladores, comunicaciones, etc.)
  • Fabricación inteligente y avanzada: Digitalización.

 Modalidades de participación: La convocatoria recoge las siguientes modalidades de participación.

  1.  PTA Grandes Empresas
  • Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 3.500.000 euros y máximo de 12.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 500.000 euros, en el caso de gran y mediana empresa, y de 250.000 euros en el caso de la pequeña empresa.
  • Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
  • Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de seis empresas. La empresa que represente la agrupación deberá ser gran empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa.
  • La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
  • No se exigen actividades de investigación industrial.
  1.  PTA PYMES
  • Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 5.000.000 euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 200.000 euros.
  • Los proyectos deberán ser plurianuales, con inicio en 2023 y finalización en junio de 2025.
  • Cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos y un máximo de cuatro empresas. La empresa que represente la agrupación deberá ser PYME (no micro).
  • La subcontratación de organismos de investigación es opcional.
  • No se exigen actividades de investigación industrial.

Ayuda: Las subvenciones podrán alcanzar los límites de intensidad máximos permitidos: 65% gran empresa, 75% mediana empresa y 80% pequeña empresa.

Incentivo fiscal: Las ayudas de esta convocatoria, que permiten generar informe motivado. 

Plazos: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 4 de abril de 2023 y finalizará el 16 de mayo de 2023 a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.PRTR: La convocatoria cuenta con la financiación de los fondos Next Generation UE del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

PROYECTOS DE INVERSIÓN QUE GENEREN EMPLEO, PROMOVIENDO EL DESARROLLO ALTERNATIVO DE LAS ZONAS DE TRANSICIÓN JUSTA

Proyectos de inversión que generen, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el período 2022-2027.

El MITECO  convoca las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa.

Finalidad de la convocatoria de ayudas:

Promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, así como su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas en dichas zonas, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo y el mantenimiento de los ya existentes para incentivar el desarrollo de estas zonas, considerando su condición de regiones desfavorecidas.

Requisitos de los proyectos:

1.       Grado de realización de la inversión

Los proyectos podrán haber iniciado sus inversiones un año antes de la fecha de la resolución por la que se convoquen las ayudas.

2.       Inversión mínima

100.000 €. 

Además, deberá ejecutarse, al menos, el 50 % de la inversión prevista, garantizándose siempre la inversión mínima de 100.000 €

3.       Creación de empleo o mantenimiento de empleo

Todos los proyectos objeto de ayudas deberán generar como mínimo 3 puestos de trabajo, entre la fecha de solicitud de la ayuda y La fecha máxima que se establezca en la resolución de concesión, que deberán mantener durante un período mínimo de 3 años.

4.       Inicio del proyecto

Todos los proyectos objeto de ayudas deberán ejecutar y haber pagado, al menos, un 15% de la inversión que se considere subvencionable antes del transcurso de los 9 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución definitiva que apruebe la ayuda solicitada para el proyecto. El beneficiario deberá acreditar el cumplimiento de este requisito en los tres meses siguientes a la finalización de dicho plazo. Si transcurrido el plazo de nueve meses el beneficiario no ha cumplido con dicho requisito, se procederá a la revocación total de la ayuda.

5.       Financiación: Se deberán cumplir los siguientes dos requisitos:

a) El 25 %, al menos, del total de los costes subvencionables tendrá que ser financiado por el beneficiario mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública. La acreditación de este requisito deberá realizarse en el momento de la justificación de la ayuda.

b) La empresa o beneficiario deberá acreditar una contribución financiera, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, que suponga al menos el 5 % de la inversión subvencionable. La acreditación de este requisito deberá realizarse en el momento de solicitud de la ayuda.

Requisitos para proyectos de grandes empresas:

a) En el caso de ayudas para una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes subvencionables deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.

b) En el caso de ayudas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.

Convocatoria 2023: 

Plazo de presentación de solicitudes abierto hasta el 7 de mayo 2023.

  • Ayudas en forma de Subvención, sometidas al Régimen de minimis.
  • Convocatoria del PRTR- Fondos Next Generation EU

Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado.

Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables.

Esta es una nueva convocatoria dentro  del PERTE ERHA.

El día 18 de enero de 2023 se abrirá el plazo de presentación de solicitudes. Este plazo finalizará a las 12:00 horas del día 20 de marzo de 2023

Esta convocatoria tiene como finalidad impulsar el despliegue del almacenamiento energético, contribuyendo a la transición energética y, en concreto, a proporcionar una nueva flexibilidad al sector energético, aumentando la integración de las energías renovables. Entre otros objetivos, se aspira a alcanzar una potencia de almacenamiento de 20 GW a 2030.

La Convocatoria destinará 150.000.000 € de ayuda a proyectos de almacenamiento energético, de los que se destinarán 20.000.000€ y 6.000.000€ a proyectos ubicados en los archipiélagos canario y balear, respectivamente. En ellos se deberán incluir, además, medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que se implanten las instalaciones.

Serán elegibles los proyectos de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables, sean de nueva construcción o existentes. 

Los proyectos deberán tener un tamaño mínimo, que se materialice en una potencia mínima de 1 MW o una capacidad de almacenamiento de 1 MWh, además de una duración de, al menos, 2 horas. 

La potencia de almacenamiento de la instalación deberá estar dimensionada para ser, al menos, un 40% de la potencia de generación de la planta de generación renovable con la que se hibrida (expresada en MW/MW).

Los valores de potencia se medirán en términos nominales. Los proyectos no podrán superar la ratio de 1 MW de potencia del sistema de almacenamiento por 1 MW de potencia de la instalación de producción de energía renovable con la que se encuentre hibridada.

No será posible hibridar el sistema de almacenamiento con tecnologías no renovables, pudiendo utilizarse cualquier tecnología de almacenamiento que sea susceptible de ser incorporada a la red eléctrica, a excepción del almacenamiento de hidrógeno. En ningún caso será elegible un almacenamiento ubicado fuera del territorio nacional, ni un almacenamiento virtual, debiendo el almacenamiento formar parte de la instalación.

Los proyectos cuyas actuaciones se desarrollen en los archipiélagos deberán incluir medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que están implantadas las instalaciones y en el caso particular de las instalaciones eólicas, será necesaria la incorporación de sistemas de detección de aves y quirópteros.

La convocatoria será tecnológicamente neutra; cualquier tecnología será elegible, sin perjuicio de la exclusión de los proyectos de almacenamiento de hidrógeno, así como que cumpla el resto de condiciones de la convocatoria.

Las ayudas en forma de subvención estarán entre el 40% y el 65%, en función de la tipología de proyecto y de empresa beneficiaria.

Se establece una ayuda máxima por empresa y proyecto de 15.000.000€. Por otra parte, se limita la ayuda máxima que puede percibir una sola entidad beneficiaria en los proyectos adjudicados en toda la primera convocatoria, estableciéndose una ayuda máxima por beneficiario de 37.500.000€.

Las ayudas se concederán como una subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario que así lo solicite mediante un anticipo del 80% de la ayuda otorgada, al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.

Convocatoria del PERTE Naval

Se ha convocado las ayudas del PERTE NAVAL.

Sus objetivos son financiar actividades para:

  • la transformación de la cadena de valor industrial naval mediante su diversificación hacia las energías renovables marinas,
  • la digitalización de su cadena de valor,
  • el incremento de su sostenibilidad ambiental,

así como la mejora de la formación y capacitación de los empleados.

Por tanto la tipología de proyectos que se pueden financiar son los siguientes:

  • Diversificación (innovación en la cadena de valor),
  • Digitalización (transformación digital de la cadena)
  • Sostenibilidad (economía circular, eficiencia energética y mejora medioambiental).

Además, se tiene que presentar un plan transversal de formación y reciclaje profesional.

Dotación presupuestaria: La convocatoria tiene una dotación presupuestaria de 310 millones de euros correspondientes al PERTE Naval, y se espera que se movilicen una inversión total de unos 1.460 millones de euros (público+privado).

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 18 de enero de 2023 y finalizará el día 28 de febrero de 2023.

Gobernanza: Este PERTE es gestionado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, con fondos Next Gen EU

PERTE de descarbonización industrial

El Gobierno aprobó el 27 de diciembre 2022 el PERTE descarbonización industrial. Está pendiente la publicación de las convocatorias de ayudas que lo ejecuten.

El PERTE se basa en cuatro medidas transformadoras para la descarbonización, que incluye:

  • 1. AYUDAS DE ACTUACIÓN INTEGRAL PARA LA DESCARBONIZACIÓN:
  • Ayudas a la descarbonización de fuentes de energía con la electrificación de procesos y la incorporación de hidrógeno.
  • Gestión energética integral de procesos industriales.
  • Reducción del uso de recursos naturales.
    • La captura de carbono.
    • 2. AYUDAS A EMPRESAS MANUFACTURERAS PARTICIPANTES EN EL IPCEI SOBRE LA CADENA INDUSTRIAL DEL HIDRÓGENO DE ORIGEN RENOVABLE.
  • 3. ESTUDIO Y EVALUACION DEL DESARROLLO DE UN FONDO DE APOYO A LOS CONTRATOS POR DIFERENCIAS DE CARBONO Y REALIZACIÓN DEL PROYECTO PILOTO.
  • 4. LÍNEA DE APOYO PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS INSTALACIONES MANUFACTURERAS ALTAMENTE EFICIENTES Y DESCARBONIZADAS.

Este PERTE tendrá los siguientes objetivos:

  1. Descarbonización de los procesos de producción, permitiendo la viabilidad de las industrias en el medio y largo plazo.
  2. Mejora de la eficiencia energética, mediante la incorporación en las industrias de las mejores tecnologías disponibles e implantación de sistemas de gestión energética.
  3. Mejorar la competitividad del sector manufacturero. La industria manufacturera deberá hacer frente a un importante reto de reducción de emisiones y, para seguir siendo competitiva, será imprescindible apoyar las inversiones en descarbonización.
  4. Promover la seguridad energética de España. La industria manufacturera es responsable del 30% del consumo de gas natural en España (del 59% si se excluye la generación de electricidad), por lo que la disminución de este consumo será fundamental para garantizar la seguridad energética de España.
  5. Fomentar el uso de energías renovables. De esta manera será posible reducir las emisiones a la vez que se contribuirá a reducir la dependencia de los combustibles fósiles.
  6. Fomentar la mejora del medioambiente apoyando la utilización de los subproductos y la valorización de los residuos para integrarlos en otros procesos y así reducir el impacto medioambiental de los productos a lo largo de su ciclo de vida.
  7. Creación de empleo de alto valor añadido. La descarbonización de la industria estará acompañada por una mayor formación de los profesionales que tendrán las capacidades necesarias para poder implementar las tecnologías menos contaminantes.

Los beneficiarios de este PERTE son los sectores de la industria manufacturera entre los que destacan los sectores de fabricación de productos minerales no metálicos (incluyendo cerámica, cemento, vidrio, entre otros), industria química, refino de petróleo, metalurgia y fabricación de papel y pasta de papel.

A estas se suman las grandes instalaciones de combustión en otros sectores, con especial relevancia en la industria de alimentación y bebidas.

Ayuda movilizada: Se prevé un inversión pública de 3.100 M €, con la intención de movilizar un total de 11.800 M€ de inversión total (pública +privada). El reparto por cada una de las línea será:

  • La financiación vinculada a la línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera del PERTE descarbonización industrial será de 2.300 millones de euros, de los cuales 800 millones tendrán la forma de subvención y 1.500 millones se articularán en forma de préstamo, a ejecutar desde el año 2023 en adelante.
  • La financiación de la línea de ayudas a empresas participantes den el IPCEI de Hidrógeno será de 450 M€ en forma de subvención, a ejecutar en 2013.
  • La financiación vinculada al estudio del fondo de apoyo a los contratos por diferencias de carbono, y realización de un proyecto piloto será de 100 M€.
  • La financiación vinculada al desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas consistirá en 150M € en forma de subvención, más 100ÇM€ en préstamos.

Gobernanza del PERTE: Será el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo el organismo responsable de la gestión de dicho PERTE.

PROGRAMAS REPOTENCIACIÓN CIRCULAR

Ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

  • Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.
  • Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.
  • Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores»

Ayudas en forma de subvención de hasta el 65%, destinadas a proyectos de inversión en:

La repotenciación de instalaciones eólicas

La renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW, y

Las instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

  • Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.

Tanto las instalaciones existentes asociadas como las nuevas tras la repotenciación deberán estar conectadas a la red de distribución y/o transporte.

Las nuevas instalaciones tras la repotenciación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado en la instalación de generación en las condiciones establecidas en la convocatoria.

  • Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.

A los efectos del límite de potencia establecido, se considerará que pertenecen a una única instalación, cuya potencia será la suma de las potencias de las instalaciones unitarias para cada uno de los grupos, las que tengan la misma cota altimétrica de la toma y desagüe dentro de una misma ubicación. Las instalaciones tras la renovación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado

  • Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores

La instalación de reciclaje deberá recuperar al menos el 50 % en peso de los residuos (palas y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos) y transformarlos en materias primas secundarias que puedan introducirse en los procesos productivos.

Estos proyectos deben buscar soluciones comerciales y aplicar criterios de economía circular para el reciclaje de las palas de aerogeneradores.

Plazo de solicitud; hasta el 10 de marzo de 2023
Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 15.01.2026

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICAY EL RETO DEMOGRÁFICO – IDAE

(Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Fondos NextGen)

Ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Publicadas la Orden de Bases del Programa de  ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas  por un importe total de 200 millones de euros, destinadas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayos e infraestructuras portuarias para renovables marinas, tanto en el dominio público marítimo-terrestre español como en las aguas portuarias españolas.

Los subprogramas en los que se organizan las actividades son los siguientes: 

Subprograma 1: plataformas de ensayos para renovables marinas por organismos de investigación. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «Plataforma de ensayo por organismo de investigación».

Subprograma 2: otras plataformas de ensayos para renovables marinas. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «Plataforma de ensayo».

Subprograma 3: demostradores tecnológicos renovables marinos. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «demostrador».

Subprograma 4: proyectos conjuntos de plataformas de ensayos y demostradores tecnológicos renovables marinos. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «plataforma con demostrador».

Esta convocatoria se enmarca dentro de las líneas previstas en el PERTE sobre Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (ERHA).

Ley Crea y Crece: lucha contra la morosidad.

La Ley Crea y Crece pretende agilizar la creación de empresas, reducir la morosidad comercial y facilitar el acceso a la financiación de las sociedades, con reformas destinadas a impulsar el emprendimiento.

Subvenciones

Se modifica la Ley  General de Subvenciones para establecer como requisito de acceso a subvenciones superiores a € 30.000,  acreditar el cumplimiento de los plazos de la Ley de Morosidad.

Las sociedades que presenten cuentas anuales abreviadas deberán acreditarlo con declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención.

Las sociedades que no presenten cuentas anuales abreviadas deberán acreditarlo con certificación de auditor, que efectuará sus cálculos atendiendo al plazo efectivo de los pagos del deudor “con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado” del acreedor (expresión que parece referirse al confirming como sistema de gestión de pagos).

La Ley Crea y Crece pretende agilizar la creación de empresas, reducir la morosidad comercial y facilitar el acceso a la financiación de las sociedades, con reformas destinadas a impulsar el emprendimiento.

Las empresas que opten a ayudas públicas deben de tener en consideración el cumplimiento de este requisito relativo al pago de facturas en el plazo establecido, puesto que su incumplimiento es excluyente para la obtención del incentivo público.

Ley 18/2022,  de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (la llamada «Ley Crea y Crece”) que entró en vigor, con carácter general, el 19 de octubre 2022.

Ley de Morosidad.  -Ley Crea y Crece. Cumplimiento de los plazos de pago de facturas para la obtención de ayudas públicas.

Mayor información en cuentas anuales

Además de informar en la memoria de las cuentas anuales sobre el período medio de pago a proveedores (obligación que todas las sociedades tienen actualmente), para mayor transparencia se añade que las sociedades cotizadas, y  las no cotizadas que no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también informar en la memoria (y  en su página web -las no cotizadas, si la tienen-) del volumen y número de facturas pagadas sin superar los plazos de la normativa de morosidad, y porcentaje del total que representan.

LÍNEA DE IMPULSO A LA ECONOMÍA CIRCULAR

Ayudas previstas dentro del PERTE de Economía Circular; la línea de impulso a la economía circular, que afecta a cualquier tipo de organizaciones, y en todos los sectores.

Tipología de actuaciones subvencionables:

La convocatoria ahora publicada tiene por objeto SUBVENCIONAR actuaciones para fomentar proyectos empresariales que tengan por objeto:

  1. Reducción del consumo de materias primas vírgenes.
  2. Ecodiseño de nuevos productos.
  3. Mejora en la gestión de residuos.
    • Desarrollo de sistemas e infraestructuras de tratamientos de residuos para potenciar el reciclado.
    • Inversiones en infraestructuras para la preparación de la reutilización.
  4. Digitalización de procesos orientados a:
    • La trazabilidad de productos, sustancias, materiales y residuos.
    • Nuevos modelos de negocio a través de la digitalización de la ec, circular.
    • Servicios de retorno de productos para su reutilización.
    • Tecnología de impresión 3D para la favorecer la eficiencia en procesos industriales, y reducir la generación de sobrantes, recortes, y residuos, o la generación de piezas de repuesto para luchar contra la obsolescencia.

Los proyectos a desarrollar pueden ser realizados por parte de empresas, entidades de economía social (no entidades publicas), y las agrupaciones de las anteriores

Ayudas en forma de Subvención

Ayuda máxima:

10 M€ por proyecto y entidad.

Importe mínimo de 150.000 € por proyecto y entidad, excepto en el caso de los estudios de viabilidad y proyectos de digitalización que tendrá una cuantía máxima de 5.000.000 €.

Plazo de solicitud:

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finaliza el próximo 21 de enero de 2023

Diagrama de mariposa de la economía circular. Fuente: Fundación Ellen
MacArthur

PERTE VEC – Obstáculos, lecciones aprendidas y propuestas de mejora de AFIDI para los PERTEs

AROSA I+D miembro fundador de AFIDI ha participado activamente en la elaboración del documento

¿Qué hemos aprendido (y sufrido) las #consultoras pertenecientes a AFIDI (y en especial las empresas de la Cadenas de Valor de automoción) de la convocatoria de ayudas públicas del PERTE_VEC ?

¿Qué propuestas de mejora sugerimos desde la Asociación AFIDI para los próximos PERTEs por convocar dentro del PRTR (Plan de Recuperación) con fondos NextGenerationEU?

AROSA I+D como miembro fundador de AFIDI ha participado activamente en la elaboración del siguiente documento…

La Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Recogiendo en la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, la convocatoria correspondiente al año 2022.

Este programa se basa en la idea de cooperación entre empresas en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado que contribuya a la generación de sinergias y la difusión del conocimiento, con soluciones integradas y eficientes. La línea no busca la mera implementación de la fabricación del VEC en España, sino incentivar a las empresas para que esta transformación se realice buscando soluciones altamente innovadoras, con métodos de fabricación sostenibles, que se apoye la economía circular y se busque la integración social.

Obstáculos identificados

  • Gran incertidumbre durante todo el proceso de solicitud, con modificaciones y matices en las “reglas del juego” que fueron recogidos tanto en la Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo, por la que se efectúa la convocatoria del año 2022, como mediante la Orden ICT/359/2022, de 25 de abril, por la que se modifican la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre. Como fue la determinación del porcentaje mínimo de PYMEs y causas de reintegro por incumplimiento de este requisito.
  • Retraso en el cierre de la convocatoria, viéndose prorrogado hasta en dos ocasiones, que ha podido desvirtuar en cierta forma el principio de concurrencia competitiva.
  • El plazo máximo de ejecución de los proyectos, el cual exige que las inversiones estén finalizadas en junio de 2025 y justificadas para septiembre de ese mismo año.

Teniendo en cuenta lo anterior y que de forma general, el sector industrial aprovecha las paradas productivas de agosto para hacer demostradores de proyectos de I+D, el retraso en la convocatoria ha impedido imputar actividad del verano del 2022 y, el cierre en junio del 2025, deja solo útiles las paradas de 2023 y 2024 para pruebas en el marco de este programa.

  • Alcances de la responsabilidad solidaria.
    – De acuerdo al apartado d) del artículo 5 de la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del VEC dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica: “todas las entidades miembros de la agrupación tendrán la condición de beneficiarios de la ayuda y serán solidariamente responsables, en proporción a sus respectivas participaciones, en relación al conjunto de actividades a desarrollar por la agrupación, incluyendo la obligación de justificar, el deber de reintegro o de reembolso de cuotas de préstamos, y las responsabilidades por infracciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el artículo 67.4 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.

– En la convocatoria de ayuda retos colaboración Orden CIN/1502/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a proyectos de colaboración público-privada, del Programa Estatal para Impulsar la Investigación Científico-Técnica y su Transferencia, del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 en el marco del  Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, respecto a la responsabilidad solidaria, se contempla como sigue: “Artículo 7 (apartado 10).  En el caso de que una entidad participante de la agrupación no responda de las obligaciones de reintegro, cada miembro de esta responderá solidariamente. El importe a reintegrar por cada miembro de la agrupación tendrá como límite las cantidades de ayuda efectivamente recibidas. Cada miembro de la agrupación responderá individual y exclusivamente de la amortización del préstamo que le haya sido asignado y de los incumplimientos en las devoluciones de las cuotas de amortización de los préstamos.”

 En la convocatoria del PERTE VEC, a diferencia de la reciente convocatoria de Retos colaboración, tal como recoge su Orden de Bases en el artículo 5.d) “la responsabilidad solidaria aplica al conjunto de actividades a desarrollar por la agrupación, incluyendo la obligación de justificar, el deber de reintegro o de reembolso de cuotas de préstamos, y las responsabilidades por infracciones”.

La naturaleza de la responsabilidad de los partícipes será la que se determine en la orden ministerial reguladora de las bases, por tanto, cada programa de ayudas podrá regularlo como estime. En la convocatoria del PERTE VEC aplica al incumplimiento de las devoluciones de las cuotas de amortización, con el perjuicio e impacto a todos los integrantes del consorcio por dos motivos esenciales:

▪️ Las subvenciones se van a avalar en prácticamente su totalidad, pero no los préstamos, por lo que el impacto de un impago en las cuotas por parte de un socio impacta de forma directa en el resto de los socios de la agrupación.

▪️ Los proyectos de inversión regional y sostenibilidad son individuales y en muchos casos de importes muy elevados, con préstamos cuantiosos.

  • Proyectos de inversión regional, muy complicados de encajar, dadas las limitaciones en cuanto a las zonas incluidas en las ayudas regionales. Se debe tener en cuenta las limitaciones de este programa para las inversiones productivas en CAPEX de los proyectos.
  • Intensidades de las ayudas en este programa colaboración vs. Convocatorias individuales. El valor añadido de asumir la carga de esfuerzos y responsabilidades de este Programa de ayuda frente a ir a las correspondientes modalidades de ayuda de forma individual, esencialmente se encontraba en la derivada comercial futura entre fabricantes y proveedores, dada que las intensidades de ayudas son las mismas que en los diferentes programas de ayudas a los que se podía optar con los diferentes proyectos primarios, existiendo únicamente una mejora en cuanto a los importes máximos de las ayudas.
  • Garantías.  Para las PYMES la exigencia de avalar de forma obligatoria de inicio es en muchos casos una dificultad insalvable o muy complicada de cumplir, lo que puede conllevar en ocasiones a la renuncia de la ayuda y la reevaluación del proyecto tractor.

La negociación y obtención de las garantías es un arduo proceso, especialmente para las PYMEs, que puede suponer en muchos casos tras el análisis de riesgos una “pignoración” del 25% al 50%, del importe garantizado. Este hecho supone esencialmente para las empresas: a) que deba adelantar este importe para conseguir la garantía y b) que una vez cobre el anticipo, este se verá minorado en la cuantía de la pignoración, lo que en la práctica se traduce en una reducción de la ayuda y mayor esfuerzo financiero para la ejecución de las actividades comprometidas al proyecto.

  • Los requisitos impuestos exigen costes iniciales muy elevados al consorcio.  Al gasto de los avales se añade el de notario, el doble gasto de la certificación de categoría del proyecto de I+D y del cumplimiento de DNSH, importe que puede estar superando los 100.000 euros por consorcio. A este importe se debería sumar el alto “coste de oportunidad” relativo al tiempo dedicado por diferentes perfiles implicados en cada una de las entidades en la preparación de la propuesta
  • Excesivos requisitos en cuanto a los bloques y planes transversales. Gran encorsetamiento del programa en cuanto a los requisitos de contenidos técnicos por bloques.

La industria de automoción es un sector global, con competencias de desarrollo distribuidas a nivel internacional. El hecho de exigir un abanico tan amplio de temáticas dentro de los proyectos primarios de cada tractor es, en muchos casos, muy complejo de cumplir por la propia realidad del sector implantado en España.

Esta globalidad del sector también afecta a los diferentes eslabones de la cadena industrial, en muchos ámbitos de actividad no hay posibilidad de buscar asociaciones con entidades de pequeño o mediano tamaño.

Tantos requisitos de formación de los consorcios, unido a estos requisitos técnicos, en la práctica impide que los proyectos definidos sean aquellos demandados por la industria.

  • Aplicación muy poco ágil e información para la solicitud poco lógica: relación de indicadores proyecto tractor excesiva, algunos poco coherentes y repite los que se solicitan para los proyectos primarios. En muchos casos indicadores que hacen relación a anualidades anteriores al inicio del proyecto, lo cual no es muy coherente. Imposibilidad de cargar en simultaneo en dos proyectos primarios. Solicitar referencias catastrales de ubicaciones de inversión. Presentación del proyecto tractor en máximo una hoja. Establecer ratios máximos de 60 euros hora por trabajador.
  • Tras el proceso de evaluación de las propuestas hemos comprobado que no se recoge el gasto de prototipos en I+D (no se admiten fungibles), partida que es fundamental a la hora de realizar proyectos de I+D.
  • La no admisión de las entidades de consultoría como figura de interlocutor frente a la Administración, dado que en la mayoría de las ocasiones la función de coordinación del proyecto e integrantes está siendo realizada por estas entidades. De igual forma explícitamente se excluyen estos gastos como elegibles.

Consideramos esencial aprender de lo que ha sido esta primera gran convocatoria de proyectos tractores en el ámbito industrial, en el marco de los PERTE, intentando reducir los obstáculos que se han identificado para futuras convocatorias, por ello a continuación enumeramos una serie de propuestas.

Nuestras propuestas:

  • Revisar los formatos y modalidades admitidas de garantías, buscando opciones de cancelaciones parciales: una o varias certificaciones parciales que en el caso de la subvención pueda suponer liberación parcial de estas garantías, así como la posibilidad para los avales sobre los préstamos de avales parciales que se correspondan con las respectivas amortizaciones del principal.
  • Tratar de mediar especialmente con las SGR a través de CERSA en flexibilizar plazos de análisis y aprobación, así como condiciones, especialmente para las PYMEs.
  • Equilibrar el importe de los anticipos por anualidades, el importe inicial debería ser mayor (pero consideramos como no-proporcional llegar al 90%, por las implicaciones que su obligatoriedad conlleva) pero siempre buscando la no obligatoriedad.
  • Los alcances de la responsabilidad solidaria es un tema especialmente sensible y crucial, por ello rogamos la consideren como en la convocatoria de Retos colaboración, también en el marco del Plan de Recuperación, en la cual la responsabilidad solidaria no abarca los posibles incumplimientos en las devoluciones de las cuotas de amortización de los préstamos, siendo estas responsabilidades individuales de los respectivos socios.
  • Analizar como mejorar el apoyo al CAPEX en estos proyectos, dada la gran relevancia que las partidas de inversión tienen para esta tipología de proyectos.
  • Incluir como gasto elegible los honorarios de consultoría de oficina de proyecto, así como prever su posibilidad de asumir la labor de interlocutor del consorcio.
  • Incluir como gastos elegibles los de certificación de DNSH, así como incluir la partida de fungibles, esa es esencial para la fase de demostración en los proyectos primarios de I+D.
  • La posible consideración de un “Sello PERTE”, para las diferentes entidades pertenecientes a consorcios de proyectos “de cadena de valor” beneficiarios de programas como el presente. Este sello o acreditación permitiría acceder de forma preferente y más ágil a posibles mecanismos de financiación complementarios.
  • Posibilidad de contar con la acreditación ex ante de los proyectos de I+D e it, a efectos de la deducción fiscal.