Proyectos de inversión que generen, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el período 2022-2027.
El MITECO convoca las ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa.
Finalidad de la convocatoria de ayudas:
Promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por el cierre de explotaciones de carbón, de centrales térmicas de carbón y centrales nucleares, así como su entorno, con el fin último de generar actividades económicas alternativas en dichas zonas, con la consiguiente generación de nuevos puestos de trabajo y el mantenimiento de los ya existentes para incentivar el desarrollo de estas zonas, considerando su condición de regiones desfavorecidas.
Requisitos de los proyectos:
1.Grado de realización de la inversión.
Los proyectos podrán haber iniciado sus inversiones un año antes de la fecha de la resolución por la que se convoquen las ayudas.
2.Inversión mínima.
100.000 €.
Además, deberá ejecutarse, al menos, el 50 % de la inversión prevista, garantizándose siempre la inversión mínima de 100.000 €
3.Creación de empleo o mantenimiento de empleo:
Todos los proyectos objeto de ayudas deberán generar como mínimo 3 puestos de trabajo, entre la fecha de solicitud de la ayuda y La fecha máxima que se establezca en la resolución de concesión, que deberán mantener durante un período mínimo de 3 años.
4.Inicio del proyecto.
Todos los proyectos objeto de ayudas deberán ejecutar y haber pagado, al menos, un 15% de la inversión que se considere subvencionable antes del transcurso de los 9 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución definitiva que apruebe la ayuda solicitada para el proyecto. El beneficiario deberá acreditar el cumplimiento de este requisito en los tres meses siguientes a la finalización de dicho plazo. Si transcurrido el plazo de nueve meses el beneficiario no ha cumplido con dicho requisito, se procederá a la revocación total de la ayuda.
5.Financiación: Se deberán cumplir los siguientes dos requisitos:
a) El 25 %, al menos, del total de los costes subvencionables tendrá que ser financiado por el beneficiario mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, exenta de cualquier tipo de ayuda pública. La acreditación de este requisito deberá realizarse en el momento de la justificación de la ayuda.
b) La empresa o beneficiario deberá acreditar una contribución financiera, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa, que suponga al menos el 5 % de la inversión subvencionable. La acreditación de este requisito deberá realizarse en el momento de solicitud de la ayuda.
Requisitos para proyectos de grandes empresas:
a) En el caso de ayudas para una transformación fundamental en el proceso de producción, los costes subvencionables deberán superar la amortización de los activos relativos a la actividad que se va a modernizar en los tres ejercicios fiscales anteriores.
b) En el caso de ayudas para una diversificación de un establecimiento existente, los costes subvencionables deberán superar como mínimo el 200 % del valor contable de los activos que se reutilizan, registrados en el ejercicio fiscal anterior al inicio de los trabajos.
Convocatoria 2023:
Plazo de presentación de solicitudes abierto hasta el 7 de mayo 2023.
Ayudas en forma de Subvención, sometidas al Régimen de minimis.
Ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.
Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.
Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.
Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores»
Ayudas en forma de subvención de hasta el 65%, destinadas a proyectos de inversión en:
La repotenciación de instalaciones eólicas
La renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW, y
Las instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.
Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.
Tanto las instalaciones existentes asociadas como las nuevas tras la repotenciación deberán estar conectadas a la red de distribución y/o transporte.
Las nuevas instalaciones tras la repotenciación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado en la instalación de generación en las condiciones establecidas en la convocatoria.
Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.
A los efectos del límite de potencia establecido, se considerará que pertenecen a una única instalación, cuya potencia será la suma de las potencias de las instalaciones unitarias para cada uno de los grupos, las que tengan la misma cota altimétrica de la toma y desagüe dentro de una misma ubicación. Las instalaciones tras la renovación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado
Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores
La instalación de reciclaje deberá recuperar al menos el 50 % en peso de los residuos (palas y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos) y transformarlos en materias primas secundarias que puedan introducirse en los procesos productivos.
Estos proyectos deben buscar soluciones comerciales y aplicar criterios de economía circular para el reciclaje de las palas de aerogeneradores.
Plazo de solicitud; hasta el 10 de marzo de 2023 Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 15.01.2026
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICAY EL RETO DEMOGRÁFICO – IDAE
(Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Fondos NextGen)
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD o MITECO) ya ha publicado las BASES y abrirá proximamente la primera convocatoria de ayudas para proyectos singulares de instalaciones de generación de biogás.
Ámbito: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Gestión: IDAE Publicación: Orden TED/706/2022, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Vigencia del Programa: Hasta el 30.06.2026 Fecha de publicación: BOE 26.07.2022 BOE 03.08.2022
Plazo de solicitudes: A determinar en las convocatorias. Ya se ha avanzado que la 1ª convocatoria será a finales de septiembre 2022, con solcitudes hasta principio de noviembre 2022.
Objeto: Proyectos singulares de instalaciones de biogás producido a través de digestión anaerobia a través de los programas de incentivos Los proyectos deberán conseguir una diversificación energética en base a energías renovables y como consecuencia de ello una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO2 y metano.
Proyectos subvencionables: a) Realización de instalaciones de producción de biogás con las materias primas incluidas en cada convocatoria, mediante digestión anaerobia siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano. b) Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado a), se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético. c) Realización de instalaciones para tratamiento del digerido Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65% en el caso de producir biometano para uso en transporte.
Beneficiarios: Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España.
1.º Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia.
2.º Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.
3.º Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluidas las cooperativas. En caso de no contar con personalidad jurídica propia.
4.º Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente.
5.º Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
6.º Las empresas que realicen proyectos elegibles, incluyendo las explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía y/o medioambiente.
7.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs)
Programa de incentivos 1 está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, tanto individualmente como en consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. El consorcio o la agrupación empresarial deberá contar con, al menos, un participante que realice alguna actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado. Programa de incentivos 2 está dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos, personas jurídicas públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica.
Dotación: 75Mill.€ 2022 Tipo de ayuda: Subvención
Intensidad de la ayuda:
Intensidad de la ayuda del Programa de Incentivos a proyectos de instalación de BIOGÁS de MITECO-IDAE
Ayudas adicionales acumulables: i. Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%. ii. Ayuda Adicional por el tamaño de empresa: Mediana empresa: 10%. Pequeña empresa: 20%.
Las convocatorias podrán fijar un límite mínimo y máximo de ayuda por proyecto y beneficiario/a, así como una inversión mínima y máxima por proyecto, y asignar presupuestos máximos según los criterios que se recojan en la misma.
Duración del proyecto: En los plazos que se indiquen en las convocatorias, y como máximo el 15 de diciembre de 2025. Gastos Subvencionables: A determinar en las convocatorias Otros datos: Pago tras la justificación. Posible anticipo, previa aportación de avales. Bases reguladoras: Orden TED/706/2022, de 21 de julio (BOE 26.07.2022) Fondos Europeos: Next Generation EU
1ª Convocatoria de subvenciones a proyectos PIONEROS y SINGULARES de HIDRÓGENO RENOVABLE y su integración en sectores productivos
1ª Convocatoria de subvenciones a proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético
Programas de INCENTIVOS a la Cadena de Valor Innovadora y de Conocimiento del Hidrógeno Renovable en el Marco del PRTR
Programa de incentivos 1: Capacidades, Avances Tecnológicos e implantación de líneas de ensayo y/o fabricación
Programa de incentivos 2: Diseño, demostración y validación de movilidad propulsada por hidrógeno
Programa de incentivos 3: Grandes demostradores de electrólisis y proyectos innovadores de producción de hidrógeno renovable
Programa de incentivos 4: Retos de investigación básica-fundamental, pilotos innovadores y la formación en tecnologías habilitadoras del PERTE_ERHA
1ª Convocatoria de subvenciones a proyectos PIONEROS y SINGULARES de HIDRÓGENO RENOVABLE y su integración en sectores productivos del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Proyectos pioneros y singulares de Hidrógeno Renovable con viabilidad comercial, que impulsen la producción y consumo local de hidrógeno renovable en sectores de difícil descarbonización, como el industrial o el transporte pesado.
🏭 Beneficiarios: Dirigido a las 🏛️ Administraciones Públicas y al 🏭 sector privado
Requisitos 👇
✅ Participación de Pymes
✅ Impacto positivo en islas, zonas de Transición Justa y de Reto Demográfico
✅ Reducción de emisiones
✅ Creación de empleo
✅ Igualdad de género
💰 Dotación: 150 M€ (ampliables)
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
🗓️ Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 6 de mayo de 2022
1ª Convocatoria de subvenciones a proyectos innovadores de I+D de almacenamiento energético del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Despliegue del almacenamiento, y el consiguiente desarrollo de los sistemas de almacenamiento y la capacidad instalada, redundarán en una mejora de la integración de energías renovables, lo que conllevará una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.
⚖️ Concesión: En régimen de concurrencia competitiva.
🏭 Beneficiarios: organismos públicos de investigación, universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, otros centros públicos de I+D, entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D.
💰 Dotación: 50 M€. SUBVENCIONES
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
📅 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta 10 de mayo de 2022 (12:00h).
Programas de INCENTIVOS a la Cadena de Valor Innovadora y de Conocimiento del Hidrógeno Renovable en el Marco del PRTR
Programa de incentivos 1: Capacidades, Avances Tecnológicos e implantación de líneas de ensayo y/o fabricación del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Proyectos de uno de los eslabones de la cadena tecnológica del hidrógeno renovable, desde la producción hasta su uso final
Actuaciones incentivables: Aquellas relacionadas con proyectos de contenido de I+D+i relacionados con centros de fabricación de equipos y/o componentes relacionados con la cadena de valor del hidrógeno renovable o la mejora de las capacidades vinculadas a la I+D+i (se incluyen instalaciones de ensayo de componentes, sistemas, vehículos y equipos auxiliares relacionados con el entorno de uso del hidrógeno renovable).
🏭 Beneficiarios: Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales. Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia (que deben contar al menos con una pyme).
💰 Dotación: 30 M€. SUBVENCIONES
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
📅 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta 7 de junio de 2022.
Programa de incentivos 2: Diseño, demostración y validación de movilidad propulsada por hidrógeno del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Diseño y desarrollo de movilidad en general, con especial interés en pesada, propulsada por hidrógeno incluyendo destinos tales como la carretera, el ferroviario, marítimo o aéreo.
Actuaciones incentivables: Las actuaciones en innovación tecnológica incluido el impulso al desarrollo de prototipos y avanzar en la madurez de los diseños. Los proyectos pueden centrarse en las innovaciones relativas a los distintos equipos que consuman exclusivamente hidrógeno renovable, como depósitos, pilas de combustible, motores de combustión interna alternativos, turbinas, sistemas de producción de hidrógeno renovable a bordo, buques o aeronaves tripuladas o no (UAVs, drones) y servicios auxiliares en entornos portuarios, aeroportuarios (vehículos de servicios, APUs de aviones) y ferroviarios, entre otros susceptibles de ser integrados en los medios de transporte actuales y en la demostración de nuevos medios de transporte propulsados por hidrógeno innovadores en su entorno sectorial de uso, permitiendo su inclusión en más de una tipología de vehículo. Este eje tiene como objetivo fomentar actuaciones de innovación, así como la obtención de medios de transporte innovadores pilotos.
🏭 Beneficiarios: Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales. Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia (que deben contar al menos con una pyme).
💰 Dotación: 80 M€. SUBVENCIONES
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
📅 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta 7 de junio de 2022.
Programa de incentivos 3: Grandes demostradores de electrólisis y proyectos innovadores de producción de hidrógeno renovable del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Proyectos demostradores de electrólisis a gran escala, en línea con los retos asociados con la I+D y la industrialización de electrolizadores para producir hidrógeno renovable, el despliegue de soluciones y su integración completa en contextos industriales. Los objetivos son tanto el desarrollo de un primer prototipo de electrolizador que incluya elementos de avance respecto al estado del arte actual en cuanto a aspectos de fabricación y/o diseño como las demostraciones de grandes electrolizadores en contextos reales y operacionales en aplicaciones industriales donde haya un alto consumo de hidrógeno o para usos energéticos en demandas térmicas de alta temperatura para la sustitución de combustibles fósiles. Se prestará especial atención a proyectos de integración sectorial inteligente y su despliegue en entornos industriales.
🏭 Beneficiarios: Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales; consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia (que deben contar al menos con una pyme), entre otros.
💰 Dotación: 100 M€. SUBVENCIONES
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
📅 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 7 de junio de 2022.
Programa de incentivos 4: Retos de investigación básica-fundamental, pilotos innovadores y la formación en tecnologías habilitadoras del PERTE_ERHA
🎯 Objetivo: Ayudas a proyectos de innovación en toda la cadena de valor del hidrógeno renovable, desde la generación hasta el almacenamiento, al transporte y la distribución, así como las aplicaciones finales.
🔬 Beneficiarios: las empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa), incluidas asociaciones empresariales. Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. El consorcio o la agrupación empresarial deberá contar con al menos una PYME participante en la solicitud de la ayuda. Centros tecnológicos de ámbito estatal, entre otros.
💰 Dotación: 40 M€. SUBVENCIONES
✏️ Gestiona: IDAE (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
📅 Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 7 de junio de 2022.
Abierta 1ª Convocatoria de ayudas a proyectos pioneros y singulares de Hidrógeno Renovable con viabilidad comercial, que impulsen la producción y consumo local de hidrógeno renovable en sectores de difícil descarbonización, como el industrial o el transporte pesado.
Dirigido a las 🏛️ Administraciones Públicas y al 🏭 sector privado
Requisitos 👇 ✅ Participación de Pymes ✅ Impacto positivo en islas, zonas de Transición Justa y de Reto Demográfico ✅ Reducción de emisiones ✅ Creación de empleo ✅ Igualdad de género
🗓️ Plazo de solicitudes hasta el 6 de mayo de 2022
Hidrógeno Renovable
Ámbito/ Gestión
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO – IDAE
Publicación
Resolución de 27 de enero de 2022, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la primera convocatoria del programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable (Programa H2 PIONEROS) en el Marco del Plande Recuperación, Transformación y Resiliencia
Fecha de publicación
BOE 18.02.2022
Plazo de solicitudes
Del 7.03.2022 al 6.05.2022
Objeto
Programa de incentivos a proyectos pioneros y singulares relacionados con la producción, distribución y consumo de hidrógeno renovable.
Beneficiarios
a) Las empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa) incluidas asociaciones empresariales.
b) Consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. -con al menos una PYME participante. Uno de los participantes actuará como coordinador o representante de la misma que actuará como representante o apoderado único de la agrupación, con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como entidad beneficiaria, corresponden a la agrupación. El coordinador será el interlocutor y representante de la agrupación ante el IDAE y canalizará las relaciones correspondientes entre éste y los miembros de la agrupación. El coordinador será el único con acceso a las notificaciones y comunicaciones de IDAE y deberá trasladar las mismas al resto de miembros de la agrupación, tanto en el procedimiento de concesión como en la fase de seguimiento y justificación de las ayudas. Asimismo, el representante de la agrupación recibirá el pago de la ayuda concedida y será responsable de su distribución entre los miembros de la agrupación, de acuerdo con lo establecido en la resolución de concesión.
c) El sector público institucional de cualquier Administración pública, así como las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas y las Universidades Públicas y sus centros adscritos con personalidad jurídica propia.
Actuaciones incentivables
Proyectos Pioneros y Singulares — Proyectos integrales que combinen, de manera agregada, la producción, distribución y uso del hidrógeno renovable en una misma ubicación territorial que permitan la introducción del hidrógeno renovable a partir de electrólisis en polos industriales ya consumidores de hidrógeno gris y en sistemas energéticos aislados, así como la integración de la producción con el suministro de hidrógeno renovable en nuevos usos del transporte, usos térmicos en la industria y de ciertos usos estacionarios. Solo se podrán incentivar aquellas actuaciones orientadas al despliegue de aplicaciones comerciales, cuyo principal valor resida, no tanto en un avance o maduración tecnológica, sino en la integración de las distintas fases de la cadena de valor en un proyecto pionero y singular aglutinador que impulse una propuesta de creación de valor novedosa de descarbonización profunda de los usos y consumos en distintos sectores finales. Serían proyectos integrales aquellos que ayudarán a: a) Estructurar el sector del hidrógeno renovable por toda la geografía nacional. b) Superar barreras de mercado (i.e. reducir CAPEX, OPEX). c) Poner en práctica soluciones de negocio escalables y replicables.
Estas tipologías de proyectos se deberían configurar al modo de plataformas singulares y pioneras de producción/distribución/consumo en una escala territorial que viabilice un modelo de negocio de índole local, competitivo y potencialmente replicable en toda la geografía nacional. Las tipologías de actuaciones a contemplar dentro de la misma ubicación territorial pueden ser: a) Instalaciones de producción y distribución de hidrógeno renovable, incluyendo la instalación de generación eléctrica renovable asociada; b) usos industriales; c) nuevos usos en transporte pesado por carretera, marítimo, aéreo y/o ferroviario; d) aplicaciones estacionarias innovadoras. Los proyectos deben incluir de manera integral tanto la producción del hidrógeno renovable como su consumo para ser considerados elegibles. Es decir, cada proyecto pionero y singular deberá integrar necesariamente la actuación a) y combinarlo con uno o más de las actuaciones de los apartados b), c) o d).
Las actuaciones objeto de financiación deberán ser de una potencia de electrólisis instalada, superior a 0,5 MW e inferior a los 20 MW, aunando producción y consumo local de hidrógeno renovable. Este consumo local deberáde ser lo más diversificado posible.
Dotación
150M€
Tipo de ayuda
Subvención.
Intensidad de la ayuda dependiente del tipo de Actuación y el tamaño de Empresa
Intensidad de ayuda
4 Excluida la planta renovable 5 Excluidas la inyección en la red existente de gas y el “retroffiting/repurposing” de la misma. Ayudas adicionales +5% cuando se sitúen en islas y/o en municipios de hasta 5.000 habitantes, o municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes cuyos núcleos tengan una población menor o igual a 5.000 habitantes y/o en municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa. Máximo por beneficiario y proyecto 15 M €
Presupuesto
Inversión mínima de 1.000.000 €
Plazos de ejecución
Máximo 36 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.
Gastos Subvencionables
– La elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones, – los costes de dirección facultativa, – los costes de ejecución de la obra civil siempre que no superen el 20 % de la inversión subvencionable y, – los de montaje de las instalaciones, en su caso; los equipos, materiales, vehículos pesados e instalaciones auxiliares necesarias, los costes de transporte y los de asistencia técnica. –Los costes de la gestión de la solicitud y de la justificación de las ayudas.-– Máx. 7 % del importe de los costes subvencionables totales, con un límite máximo de 10.000 € por expediente.
Las actuaciones que se planteen deben suponer una mejora medioambiental efectiva y reducir las emisiones de dióxido de carbono por medio del uso de fuentes renovables de forma directa y/o indirecta, lo que deberá justificarse en la memoria descriptiva del proyecto (en adelante, la «Memoria Descriptiva»). Es por ello, que no serán subvencionables los estudios que no lleven asociados una actuación que permita conseguir ahorros de emisiones.
Otros datos
Subcontratación—hasta el 80% de la actividad
Bases reguladoras
Orden TED/1445/2021, de 22 de diciembre (BOE 24.12.2021)
AROSA I+D le asesora en la gestión de su solicitud ganadora
El PERTE ERHA movilizará una inversión superior a 16.300 millones entre aportaciones del Plan de Recuperación y fondos privados
Aprobadas las Órdenes de Bases reguladoras de concesión de ayudas del PERTE ERHA por valor de 500 Mill.€ de las futuras convocatorias en concurrencia competitiva para seleccionar los mejores proyectos.
MITECO / MITERD – Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico e IDAE – Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía trabajan para sacar rápidamente las convocatorias correspondientes a estas 4 órdenes.
Empiece a prepararse con antelación… mejor con el acompañamiento y asesoramiento de una consultora con experiencia como AROSA I+D
El BOE Núm. 308, del viernes 24 de diciembre de 2021, ha publicado las 4 órdenes del programas de incentivos para impulsar nuevos participantes y tecnologías innovadoras en la transición energética en el marco del PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia).
🍃 2 de Hidrógeno Verde, 🔋 1 de Almacenamiento, 🌞 1 de Comunidades Energéticas
1️⃣ ) Orden TED/1444/2021. Impulso de la Cadena de valor innovadora y de conocimiento del hidrógeno renovable. Desde la fabricación de componentes a prototipos de nuevos vehículos o proyectos de electrolizadores para producir hidrógeno renovable a gran escala
PERTE ERHA programa de impulso de la cadena de valor del hidrógeno renovable
2️⃣ ) Orden TED/1445/2021. Proyectos pioneros y singulares de hidrógeno renovable para su producción y consumo local en sectores de difícil descarbonización, como la industria o el transporte pesado, en línea con los objetivos de la Hoja de Ruta del Hidrógeno
PERTE ERHA Proyectos pioneros de hidrógeno renovable, para su producción y consumo local en sectores de difícil descarbonización, como la industria o el transporte pesado
3️⃣ ) Orden TED/1446/2021. Proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE Implementa)
Impulso de la innovación social y la participación ciudadana en: Energías renovables, Eficiencia energética, Movilidad eléctrica, Gestión de la demanda
PERTE ERHA proyectos piloto de comunidades energéticas
4️⃣ ) Orden TED/1447/2021. Proyectos de I+D de almacenamiento energético, tanto para organismos de investigación y universidades como para empresas con actividades innovadoras
Incluimos en nuestro blog la convocatoria de la C. de Madrid, como ejemplo de una C.A. sobre las mismas bases de IDAE. Todas las CC.AA. están realizando en el último trimestre 2021 sus convocatorias. Consúltanos si ha salido la convocatoria de tu C.A.
Ámbito
Comunidad de MADRID – FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Publicación
Resolución de 28 de octubre de 2021, de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca la concesión de ayudas para el autoconsumo y el almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como para la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial. Años 2021, 2022 y 2023.
Fecha de publicación
BOCM 8.11.2021
Plazo solicitudes
Desde 16.11.2021 al 31.12.2023
Objeto
Incentivos de autoconsumo, almacenamiento y usos térmicos de energías renovables.
Beneficiarios
Programas de incentivos 1, 2 y 3: a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluyendo, entre otros: 1.º Los gestores de polígonos industriales, de naturaleza pública o privada. 2.º Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía. 3.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía. CNAES: P.1 — G, H, I, J, K, L M, N, O, P, Q, R o S. Siempre que no sean administraciones públicas. P.2 — Grupo A01, excepto el 017, o dentro de un CNAE correspondiente a los grupos B, C, D, E o F. También podrán ser destinatarios últimos de este programa el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas P.3 – Los CNAEs de los P.1 y P.2.
Programas de incentivos 4 y 5: a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. b) Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas, siempre que no realice ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. En caso contrario, se considerarán incluidas en los programas de incentivos 2 o 3. c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector (entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado). En caso de realizar alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, se considerarán incluidas en los programas de incentivos 2 o 3. d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y estarán sometidos a los requisitos y límites establecidos en el Reglamento (UE) n ° 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. e) Comunidades de propietarios. f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía, cuando no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. En caso contrario, se considerarán incluidas en los programas de incentivos 1, 2 o 3 previstos, en función del área en que desempeñen su actividad.
Programa de incentivos 6: a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado. b) Entidades u organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, o personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, que acrediten la puesta a disposición de colectivos vulnerables de viviendas sociales, sin que tal actividad, en el caso de generar algún rendimiento económico, se pueda considerar actividad económica. c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y las ayudas que perciban estarán sometidas a los requisitos y límites de minimis. d) Comunidades de propietarios. e) Las entidades locales y del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas, cuando se pueda excluir la existencia de ayuda de estado. En estos casos, sólo podrán recibir ayudas destinadas a la realización de instalaciones de generación de energía térmica con fuentes renovables en viviendas que sean de propiedad pública. Dicha propiedad pública deberá mantenerse inalterada durante, al menos, cinco años desde la resolución de concesión de ayuda correspondiente.
Actuaciones subvencionables
1️⃣ Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. 2️⃣ Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. 3️⃣ Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. 4️⃣ Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. 5️⃣ Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. 6️⃣ Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
Dotación
2021-2023– 87.349.111,3 € Programa de Incentivos 1 — Categoría Autoconsumo renovable: 21.180.469,9 €. — Categoría Almacenamiento: 4.236.093,8 € Programa de Incentivos 2 — Categoría Autoconsumo renovable: 12.482.530,4 €. — Categoría Almacenamiento: 2.467.416,2 € Programa de Incentivos 3 — 5.804.627,4 €. Programa de Incentivos 4 — Categoría Autoconsumo renovable: 25.283.233,5 €. — Categoría Almacenamiento: 1.986.842,3 €. Programa de Incentivos 5 — 662.281,1 €. Programa de Incentivos 6 — 13.245.616,7 €.
Tipo de ayuda
Subvención.
Intensidad de ayuda
Programas de incentivos 1, 2 y 3: Coste subvencionable unitario de la instalaciónde generación (Csu) =Ceu – Cuf Ceu: Coste elegible unitario de la instalación de generación, en €/kW. Cuf: Coste unitario de la instalación de referencia en €/kW. A este coste subvencionable unitario se le podrá adicionar el correspondiente «Coste subvencionable adicional unitario», Csau, cuando sea de aplicación. El coste subvencionable total de la instalación de generación será: Coste subvencionable = (Csu + Csau) x Ps Donde Ps: la potencia real de la instalación de generación en kW (kWp para solar fotovoltaica).
Coste subvencionable de la instalación de almacenamiento, Css =Cesu x Cap Cesu: Coste elegible unitario del sistema de almacenamiento, en €/kWh. Cap: Capacidad del sistema de almacenamiento, en kWh. P. 1, 2 y 3– Máximo 15 M € La subvención máxima a percibir se corresponderá con los 5 primeros MW de potencia de la instalación.
Programa de incentivos 4 — Ayuda total = Módulo x Ps + Módulo almacenamiento x Cap Programa de incentivos 5 — Ayuda total = Módulo almacenamiento x Cap Programa de incentivos 6 — Ayuda total = Módulo x Ps Ps — la potencia real de la instalación en kW. Cap — la capacidad del sistema de almacenamiento, en kWh.
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 1 y 2. Autoconsumo
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 1 y 2. Almacenamiento
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 3.
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 4.
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 5.
Valores de referencia para el cálculo de la ayudas. Programas de incentivos 6.
Inicio del proyecto
P. 1, 2 y 3— las fechas de cualquier compromiso en firme de ejecución, así como los contratos, facturas y justificantes de pago deberán ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud.
P. 4, 5 y 6 – las fechas de las facturas correspondientes a la ejecución de las instalaciones objeto de ayuda sean posteriores al 30.01.2021.
Para todos los programas, los presupuestos utilizados para la solicitud de la ayuda deberán ser de fecha posterior al 30.06.2021.
Requisitos de las actuaciones subvencionables
– Programa de incentivos 1. — inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones del sector servicios, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
– Programa de incentivos 2. — inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables destinadas a autoconsumo en establecimientos o instalaciones en sectores productivos no previstos en el programa de incentivos 1, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
– Programa de incentivos 3. — inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en las instalaciones de autoconsumo, con fuentes renovables, ya existentes tanto en el sector servicios como en otros sectores productivos.
– Programa de incentivos 4. — inversión en instalaciones de generación de energía eléctrica con fuentes renovables, destinadas a autoconsumo en el sector residencial, el tercer sector y las administraciones públicas, así como el almacenamiento asociado a estas actuaciones.
– Programa de incentivos 5. — inversión en sistemas de almacenamiento detrás del contador que sean incorporados en instalaciones existentes de generación de energía eléctrica con fuentes renovables en el sector residencial en las administraciones públicas y en el tercer sector.
– Programa de incentivos 6. — inversión en instalaciones de producción de energía térmica con fuentes renovables, destinadas a la climatización o producción de ACS en viviendas.
Gastos Subvencionables
a) La inversión en equipos y materiales relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda, incluida la correspondiente a los sistemas de acumulación en su caso.
b) Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
c) Equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares cuando estén asociados a la actuación objeto de ayuda.
d) Sistema eléctrico general de Alta Tensión y Baja Tensión, incluyendo transformadores, línea de evacuación y sistemas e infraestructuras eléctricas adicionales hasta el punto de conexión con la red eléctrica de transporte o distribución, cuando sean necesarias en función de la tipología de actuación objeto de ayuda.
e) Sistemas de gestión, control activo y monitorización tanto de la generación como de la acumulación y la demanda de energía eléctrica o térmica de instalaciones consumidoras abastecidas por el proyecto objeto de la ayuda, que ayuden a optimizar la gestión y producción. Estos equipos deberán ser propiedad del beneficiario de la ayuda y estar vinculados a la actuación objeto de la ayuda.
f) Sistemas de medición del recurso en el emplazamiento, incluyendo sondeos exploratorios y ensayos TRT para el caso de instalaciones geotérmicas.
g) Obras civiles, cuando estén relacionadas con las actuaciones objeto de ayuda y aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del proyecto, tales como, refuerzo de cubierta o sustitución de la misma en la parte proporcional de la cubierta que sea ocupada por la instalación de generación, en su caso. Asimismo, se consideran subvencionables como obra civil las siguientes partidas: edificaciones necesarias para el proyecto, campas, excavaciones, zanjas y canalizaciones y tuberías asociados a la instalación de generación, o a los sistemas de integración de energía eléctrica y gestión de la demanda, ayudas de albañilería, instalaciones auxiliares necesarias, viales de servidumbre interna de la instalación, adecuación de accesos para la instalación, edificios de control, plataformas de montaje, instalaciones temporales, restauración y medidas medioambientales correctoras después de las obras. Para ser considerado coste elegible, las obras deben cumplir la condición de que al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados, se preparen para la reutilización, el reciclaje y la valorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales. Análogamente, en los proyectos financiados que impliquen demolición, se incluirá la práctica de demolición selectiva.
h) El coste del desmantelamiento de las instalaciones existentes en el emplazamiento, en el caso de que aplique, a la hora de hacer una instalación de renovables en su lugar, siempre se cumpla la condición de que al menos el 70 % (en peso neto) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos generados, se preparen para la reutilización, el reciclaje y la valorización de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales. Análogamente, en los proyectos financiados que impliquen demolición, se incluirá la práctica de demolición selectiva.
i) Los costes de la redacción de los proyectos o memorias técnicas relacionados con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
j) Los costes de la dirección facultativa relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
k) Coordinación de Seguridad y Salud de la obra y montaje relacionadas con las tipologías de actuación objeto de ayuda.
l) Los costes de gestión de la solicitud de la ayuda, incluida la redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud — que no superen el 4 % del importe de la ayuda solicitada, con un límite máximo de 3.000€ por expediente.
m) Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones, incluidos los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la justificación de estas ayudas.
n) El informe del auditor sobre la cuenta justificativa.
o) Otras partidas que sean debidamente justificadas como necesarias (auxiliares o no) específicas de cada tipología de actuación.
Los gastos l)+m)+n) < 7% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 7.000 euros por expediente.
Bases
Real Decreto 477/2021, de 29 de junio
Fondos Europeos 🇪🇺
Fondos MRR- Componente 7 y 8.
Ayudas para Renovables en Autoconsumo, Almacenamiento y Sistemas Térmicos
La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid ha activado 87 Mill.€ destinados a ayudas para el fomento del autoconsumo, el almacenamiento de energía y la instalación de sistemas térmicos renovables. A partir del 16 de noviembre de 2021 se pueden solicitar las ayudas para instalaciones de Autoconsumo, Almacenamiento de energía y Sistemas Térmicos Renovables en la Comunidad de Madrid
Desde AROSA I+D te ayudamos a configurar una solicitud ganadora en el programa MOVES proyectos singulares II. Aquí nuestro resumen… abajo descarga del BOE
PROGRAMA MOVES PROYECTOS SINGULARES II
Ámbito
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA (MITECO) – GESTIÓN IDAE
Publicación
Resolución de 20 de septiembre de 2021, del Director General de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la convocatoria del programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (MOVES Proyectos Singulares II).
Fecha de publicación
BOE 24-09-2021
Plazo de solicitudes
Del 15.09.2021 al 25.11.2021. Efecto incentivador.
Objeto
Proyectos singulares de gestión integrada de la movilidad en ámbito urbano y metropolitano y proyectos relativos a desarrollos experimentales e innovadores, relacionados con la utilización del vehículo eléctrico y de pila, fomentando con ello la sostenibilidad, el ahorro energético y la diversificación de las fuentes energéticas en el sector del transporte, con la consiguiente reducción de la dependencia energética del petróleo y la disminución de las emisiones de CO2.
Actuaciones incentivables y Áreas elegibles.
Proyectos relacionados con la utilización del vehículo eléctrico y de pila de combustible, de manera que se consiga una reducción del consumo de energía final y como consecuencia de ello una menor dependencia energética del petróleo y la disminución de las emisiones de CO2. Proyectos singulares de innovación — los proyectos que presenten un grado significativo de innovación en alguna de las siguientes áreas y contribuyan a elevar el nivel de protección del medio ambiente: I. Movilidad eléctrica y aplicaciones TIC. a) Proyectos relativos a conectividad y comunicación entre vehículos eléctricos e infraestructura de recarga. b) Proyectos relativos a interoperabilidad de servicios digitales aplicables al vehículo eléctrico que permitan avanzar en los servicios de electromovilidad, permitiendo la interoperabilidad entre vehículo y punto de recarga, así como entre distintos modos de transporte. c) Aplicaciones innovadoras de cualquier tipo de vehículo eléctrico o de pila de combustible, en ámbitos urbanos y de manera especial en flotas y reparto de última milla, así como para la mejora de la accesibilidad y movilidad rural. II. Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos innovadora, recarga de hidrógeno para vehículos e integración con otras redes inteligentes. a) Recarga sin cables (estática y dinámica). b) Implantación de redes inteligentes y sistemas bidireccionales de recarga: i. V2G: vehicle to grid, o utilización de las baterías para estabilizar el sistema eléctrico. ii. V2H: vehicle to home, para utilizar la batería como generador en viviendas. iii. V2L: vehicle to local sites, para suministro a zonas aisladas del sistema eléctrico. iv. V2V: vehicle to vehicle, transmisión de electricidad de un vehículo a otro en caso de emergencia. c) Integración de energías renovables y almacenamiento en la recarga de vehículos eléctricos. d) Recarga integrada con redes ferroviarias. e) Implantación de hidrogeneras para vehículos de pila de combustible. Será requisito dar información del origen de producción del hidrógeno siendo sólo subvencionables los proyectos con hidrógeno de origen renovable. En caso de que la producción de hidrógeno se realice en el mismo enclave que la hidrogenera, como parte del proyecto y para uso exclusivo de la hidrogenera, los costes de la instalación de producción y almacenamiento serán elegibles f) Desarrollos innovadores en recarga de vehículos eléctricos y de pila de combustible, con vistas a gestión de la demanda/servicios al sistema. III. Aplicaciones de nuevos desarrollos de baterías y almacenamiento eléctrico para movilidad. a) Aplicaciones en movilidad de baterías de próxima generación. b) Aplicaciones en movilidad relacionadas con nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías). IV. Proyectos de desarrollo o innovación de nuevos procesos o prototipos de modelos o componentes de vehículos eléctricos. Sólo se considerarán subvencionables las inversiones que permitan aumentar el nivel de protección medioambiental derivado del impulso de la movilidad eléctrica, que sean derivados de actividades desarrolladas en territorio nacional y que se realicen en la adquisición de bienes o de servicios por parte del beneficiario de la ayuda, así como que puedan justificarse mediante el correspondiente pedido y/o contrato relativos a las actuaciones realizadas, con sus correspondientes facturas y justificantes de pago al proveedor.
Beneficiarios
a) Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa). b) Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia. c) Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia. En caso de no contar con personalidad jurídica propia, la ayuda se concederá a la entidad o persona jurídica que gestione la agrupación o consorcio. d) El sector publico institucional. Los beneficiarios garantizarán el respeto al principio de DNSH y el etiquetado climático.
Dotación
100 M € Implantación de hidrogeneras para vehículos de pila de combustible – Máx. 20% del presupuesto total del programa.
Tipo de ayuda
Subvención.
Intensidad de ayuda
Pequeña empresa 60% Mediana empresa 50% Gran empresa 40% Límite máximo de ayuda por proyecto o beneficiario – 15 M €
R. de Mínimis
No.
Plazo de ejecucón
Máximo 18 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la resolución favorable de concesión de ayuda.
Presupuesto del proyecto
Inversión mínima — 100.000 €
Gastos Subvencionables
a) la elaboración de los proyectos técnicos relacionados con las actuaciones, b) los costes de dirección facultativa, c) los costes de ejecución de la obra civil siempre que no supere el 20 % de la inversión elegible y d) los de montaje de las instalaciones, en su caso; e) los equipos, materiales e instalaciones auxiliares necesarias, f) los costes de transporte y los de asistencia técnica g) los costes de la gestión de la solicitud y de la justificación de las ayudas h) Informe de auditor – máx. 7.000€ por proyecto.
Otros datos
Posible solicitud de anticipo — aval del 100% del importe total de la ayuda que se vaya a conceder.
Bases reguladoras
Orden TED/800/2021, de 23 de julio (BOE 27.07.2021)
Fondos Europeos
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Componente 1).
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