Archivo de la categoría: Inversión industrial

INVERSIONES EMPRESARIALES DE ALTO IMPACTO EN CATALUÑA

Proxima convocatoria de subvenciones a inversiones empresariales de alto impacto.

Ayudas a inversiones empresariales de alto impacto.

“Proyectos de Alto Impacto”.- Subvenciones a proyectos tanto de empresas ya establecidas en Cataluña como de empresas no establecidas, con proyectos de inversión de activos fijos y/o proyectos de creación de empleo en Cataluña.

Línea 1: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto de creación de empleo.

Acción 1.1: Proyectos de creación de empleo en centros de servicios en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones, entendidos, en el marco de este programa de ayudas, como centros de desarrollo de software, centros de análisis de datos («Data Analitics»), estudios de animación o centros de desarrollo de videojuegos.  

La creación mínima de puestos de trabajo será de 25.

Acción 1.2: Proyectos de creación de empleo en centros de decisión de ámbito suprarregional, entendidos, en este caso, como centros que necesariamente deberán ir ligados a un centro de decisión empresarial establecido en Cataluña que tenga capacidad decisoria sobre las funciones y estrategia de la empresa o grupo de empresas a nivel suprarregional.

La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.

Acción 1.3: Proyectos de creación de empleo en proyectos industriales, entendidos como proyectos con actividades de producción de bienes mediante el ensamblaje o la transformación de materias primas o actividades de servicios a la industria.

La creación mínima de puestos de trabajo será de 15.

Acción 1.4: Proyectos de creación de empleo en centros logísticos, entendidos como centros con actividades de distribución. También aquellos centros que adicionalmente puedan desarrollar tareas de manipulación y las fases finales de finalización de producto. Sólo serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos acabados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial. Están explícitamente excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.

La creación mínima de puestos de trabajo será de 25

Acción 1.5: Proyectos de creación de empleo en centros de I+D+i, entendidos como establecimientos o áreas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.

La creación mínima de puestos de trabajo será de 8.

Línea 2: Proyectos de inversión empresarial de alto impacto en activos fijos.

Acción 2.1: Proyectos de inversión en activos fijos que incorporen una nueva actividad para la empresa en Cataluña o una ampliación de la capacidad productiva. En el caso de proyectos de centros logísticos sólo serán elegibles los proyectos de centros logísticos de materias primas o componentes destinados a una actividad industrial productiva localizada en Cataluña o los proyectos de centros logísticos de productos acabados producidos en Cataluña por la empresa solicitante de la ayuda o alguna empresa que forme parte del mismo grupo empresarial.

Excluidos los centros logísticos de supermercados o grandes superficies y los centros logísticos dedicados al comercio electrónico.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales – 3.000.000 €.

Acción 2. 2: Proyectos de inversión en activos fijos en centros de I+D+i, entendidos como establecimientos o áreas de una empresa, dedicadas principalmente a actividades de investigación, desarrollo y/o innovación.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos materiales e inmateriales – 500.000 €.

Acción 2.3: Proyectos estratégicos para la economía catalana, que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña o bien la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya presentes.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos – 10.000.000 € y se requiere la creación neta de como mínimo 30 puestos de trabajo directos.

Autofinanciación mínima de 25%

No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución.

Los proyectos elegibles deben llevarse a cabo en alguno de los municipios incluidos en el mapa de ayudas de finalidad regional.

Acción 2.4: Proyectos estratégicos para la economía catalana llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas que supongan la implantación de nuevas empresas en Cataluña, la apertura de nuevos emplazamientos de las empresas ya existentes o una ampliación y/o diversificación de la actividad de emplazamientos ya existentes.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos productivos – 10.000.000 € y se requiere la creación neta de como mínimo 30 puestos de trabajo directos.

No serán elegibles los proyectos de centros logísticos o proyectos de centros de distribución.

Acción 2.5: Proyectos estratégicos para la economía catalana de infraestructuras de producción audiovisuales. Serán elegibles los proyectos de implantación de nuevos platós audiovisuales.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos debe ser de 20.000.000 €.

Los proyectos elegibles deben llevarse a cabo en alguno de los municipios incluidos en el mapa de ayudas de finalidad regional.

Acción 2.6: proyectos estratégicos para la economía catalana de infraestructuras de producción audiovisuales llevados a cabo por pequeñas y medianas empresas. Serán elegibles los proyectos de implantación de nuevos platós audiovisuales.

El gasto mínimo aceptado en activos fijos debe ser de 20.000.000 €.

AGENCIA PARA LA COMPETITIVIDAD DE LA EMPRESA (ACCIÓ)

PROGRAMAS REPOTENCIACIÓN CIRCULAR

Ayudas destinadas a proyectos de inversión en la repotenciación de instalaciones eólicas, en la renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW y en instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

  • Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.
  • Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.
  • Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores»

Ayudas en forma de subvención de hasta el 65%, destinadas a proyectos de inversión en:

La repotenciación de instalaciones eólicas

La renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW, y

Las instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores.

  • Programa 1: Repotenciación de instalaciones eólicas.

Tanto las instalaciones existentes asociadas como las nuevas tras la repotenciación deberán estar conectadas a la red de distribución y/o transporte.

Las nuevas instalaciones tras la repotenciación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado en la instalación de generación en las condiciones establecidas en la convocatoria.

  • Programa 2: Renovación tecnológica y medioambiental de minicentrales hidroeléctricas de hasta 10 MW.

A los efectos del límite de potencia establecido, se considerará que pertenecen a una única instalación, cuya potencia será la suma de las potencias de las instalaciones unitarias para cada uno de los grupos, las que tengan la misma cota altimétrica de la toma y desagüe dentro de una misma ubicación. Las instalaciones tras la renovación podrán incluir instalaciones de almacenamiento integrado

  • Programa 3: Instalaciones innovadoras de reciclaje de palas de aerogeneradores

La instalación de reciclaje deberá recuperar al menos el 50 % en peso de los residuos (palas y/u otros componentes del aerogenerador que utilicen materiales compuestos) y transformarlos en materias primas secundarias que puedan introducirse en los procesos productivos.

Estos proyectos deben buscar soluciones comerciales y aplicar criterios de economía circular para el reciclaje de las palas de aerogeneradores.

Plazo de solicitud; hasta el 10 de marzo de 2023
Las instalaciones deberán encontrarse completamente finalizadas antes del 15.01.2026

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICAY EL RETO DEMOGRÁFICO – IDAE

(Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Fondos NextGen)

PERTE_VEC convocatoria 2022. Actuaciones integrales de la cadena de valor del Vehículo Eléctrico y Conectado, de MINCOTUR. Solicitudes hasta 5May22

MINCOTUR – MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE_VEC)

El BOE 18-03-2022 publica la convocatoria por la que se regirá la concesión de las ayudas por un valor de 2.975 millones de euros correspondientes a la parte industrial del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE_VEC).

Los proyectos que se presenten deberán tener un impacto en un mínimo de dos comunidades autónomas. Además, deberán contar con un participante de cada uno de los tres bloques obligatorios:

  • fabricante de baterías,
  • fabricante de automóvil y
  • fabricante de componentes,
    …por la importancia de todos los elementos de la cadena de valor.

Toda la información oficial sobre el PERTE_VEC en:
https://planderecuperacion.gob.es/como-acceder-a-los-fondos/pertes/perte-del-vehiculo-electrico-y-conectado

ÁmbitoMINCOTUR – MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
PublicaciónOrden ICT/209/2022, de 17 de marzo, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2022, y se modifica la Orden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fecha de publicaciónBOE 18.03.2022
Plazo solicitudesDel 1.04.2022 al 3.05.2022
ObjetoActuaciones integrales de la cadena industrial del vehículo eléctrico y conectado
Desarrollo del Vehículo Eléctrico y Conectado
Dotación2021-2023—1.425 M € en forma de préstamo y 1.550 M € en forma de subvenciones.
ConceptoCrédito en 2022 (€)Crédito en 2023 (€)
Subvenciones a Sociedades Mercantiles Estatales, EE. EE. y otros OO. PP.24.820.0009.279.000
Subvenciones a Comunidades Autónomas.24.820.0009.279.000
Subv.Corporaciones locales.24.820.0009.279.000
Subvenciones a sociedades mercantiles privadas1.028.943.530384.660.470
Subvención a Instituciones sin fines de lucro.24.820.0009.279.000
Préstamos al Sector Público.22.481.0004.413.000
Préstamos fuera del Sector Público.1.170.271.980227.834.020
BeneficiariosLas agrupaciones sin personalidad jurídica propia que hayan establecido con anterioridad un acuerdo de agrupación: Podrán forman parte de la agrupación las entidades personas jurídicas, públicas o privadas, con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España.   Cada una de las entidades miembros de la agrupación deberá haber suscrito, antes de la presentación de la solicitud, un acuerdo de agrupación que regule el funcionamiento de la misma, a presentar con la solicitud, con el siguiente contenido mínimo:
a) Compromisos de ejecución de actividades asumidos por cada miembro de la agrupación.
b) Presupuesto correspondiente a las actividades asumidas por cada miembro de la agrupación, e importe de la subvención a aplicar en cada caso.
c) Representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
d) Organización interna de la agrupación, plan de contingencias y disposiciones para la resolución de litigios internos.
e) Acuerdos sobre responsabilidad, indemnización y confidencialidad entre los participantes.
f) Propiedad de los resultados.
g) Protección legal de los resultados, y, en su caso, de la propiedad industrial resultante. Deberá recoger una previsión mínima de cesión de derechos de uso no exclusivo en beneficio de la administración pública española, por una duración acorde con la regulación de la propiedad intelectual o industrial, según el caso.
h) Normas de difusión, utilización, y derechos de acceso a los resultados de la actividad subvencionada.  

Requisitos de la Agrupación:
1.º Estar organizada en torno al sector industrial de automoción con una combinación, como mínimo de 5 entidades jurídicas diferenciadas que no pertenezcan al mismo grupo empresarial, ni constituir empresas controladas en igualdad de condiciones por 2 cualesquiera de las entidades que formen parte de la agrupación. Si participan más de 5 entidades, las adicionales pueden formar parte de un grupo al que pertenece otra entidad participante.
2.º De las entidades que formen parte de la agrupación, al menos 1 de ellas, pertenecerá al CNAE 291 (Fabricación de vehículos de motor), y otra pertenecerá al CNAE 293 (Fabricación de componentes, piezas y accesorios para vehículos de motor), y el resto de las entidades deberán desarrollar actividades de las incluidas para promotores industriales y proveedores de tecnología y/o conocimiento.
3.º La agrupación debe estar integrada, al menos, por un 40% de pymes participantes.
4.º Deberán contar con la colaboración de, al menos, un proveedor de tecnología y/o conocimiento y que, como tal, tenga la capacidad técnica y organizativa suficiente para la realización de las actividades de I+D+i que incorpore el proyecto tractor. Esta entidad proveedora de conocimiento puede ser una de las empresas.
5.º Deberán tener implantación en un ámbito geográfico que abarque al menos a 2 CCAA.   Todas las entidades miembros de la agrupación tendrán la condición de beneficiarios de la ayuda y serán solidariamente responsables, en proporción a sus respectivas participaciones, con relación al conjunto de actividades a desarrollar por la agrupación, incluyendo la obligación de justificar, el deber de reintegro o de reembolso de cuotas de préstamos, y las responsabilidades por infracciones.
Roles de los miembros de la AgrupaciónCada entidad miembro de la agrupación tendrá un rol en la misma que deberá quedar reflejado en el acuerdo de agrupación y en la solicitud y que será alguno de los siguientes:

1.º Promotor industrial:
Cada una de las entidades miembros de la agrupación que vaya a llevar a cabo actuaciones específicas en su establecimiento industrial. En la agrupación podrá tener el rol de promotor industrial más de una entidad. Cada uno de los promotores industriales que forme parte de la agrupación, deberá desarrollar una actividad de entre las incluidas para promotores industriales. — Se entenderá que cumple este requisito si la entidad, los accionistas o el equipo directivo tiene experiencia en producción industrial comparable en la actividad, en planta piloto o a escala experimental, desde al menos, un periodo de 3 años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de so-licitudes.

2.º Proveedor de tecnología y/o conocimiento:
Universidades, centros tecnológicos, organismos de investigación y otras entidades o empresas públicas o privadas que proporciona el conocimiento y/o la tecnología necesarios para llevar a cabo alguna parte de la propuesta que implica a más de un promotor industrial. En la Agrupación podrá tener el rol de proveedor de tecnología y/o conocimiento más de una entidad. Cada uno de los proveedores de tecnología y/o conocimiento que forme parte de la agrupación deberá desarrollar alguna de las actividades incluidas para proveedores de tecnología y/o conocimiento. — Se entenderá que cumple este requisito si la entidad desarrolla la actividad para la que solicita financiación desde, al menos, un periodo de dos años contados hasta la fecha de fin del plazo de presentación de solicitudes.

3.º Interlocutor con la Administración:
Entidad designada dentro de la agrupación responsable de canalizar con ésta las relaciones y comunicaciones que se indiquen en la convocatoria en cada una de las fases del procedimiento de concesión. El interlocutor tendrá la obligación de trasladar al resto de participantes todas las notificaciones o comunicaciones que el órgano concedente notifique a través de los medios electrónicos establecidos en la convocatoria. En cada agrupación solo habrá un interlocutor con la Administración, que podrá ser uno de los promotores industriales o uno de los proveedores de tecnología y/o conocimiento. Una entidad podrá ser a la vez promotor industrial, proveedor de tecnología y/o conocimiento y/o interlocutor con la Administración.
Obligaciones de los beneficiarioEntre otras:
·        Conservar los documentos en formato electrónico durante un periodo de 5 años a partir de la operación. Este período será de 3 años si la financiación no supera los 60.000 euros.
·        Garantizarán el respeto al principio de »no causar un perjuicio significativo» (DNSH) – . Deberá aportarse con la solicitud el contrato con una entidad acreditada por ENAC o entidad equivalente de otro Estado Miembro de la Unión Europea, para la realización del informe de validación del principio DNSH. Dicho informe, que podrá presentarse en cualquier momento desde la fecha de solicitud y hasta 10 días después de la propuesta de resolución provisional, se exigirá en la propuesta definitiva de concesión, para la resolución de concesión. Este informe de validación no será necesario para los proyectos primarios de la Línea de Formación. – Criterio excluyente.
·        Tienen la obligación de asegurar la regularidad del gasto subyacente y la adopción de medidas dirigidas a prevenir, detectar, comunicar y corregir el fraude y la corrupción, prevenir el conflicto de interés y la doble financiación.- Declaración responsable con la solicitud deCompromiso por escrito de conceder los derechos y los accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias.
Actividades
para
promotores industriales
y
proveedores
de
tecnología
y/o conocimiento
Para promotores industriales:
a) Actividades de producción de vehículo eléctrico y conectado a escala industrial, piloto o experimental encuadradas en CNAE sección C-Divisiones 29 y 30.
b) Actividades industriales complementarias a la producción industrial del vehículo eléctrico. — si en la solicitud realizan proyectos primarios que estén directamente relacionados con la fabricación de productos destinados a la industria del vehículo eléctrico y conectado. Se incluyen en esta clasificación, sin estar limitados a éstas, las CNAE 27.1, 22.11, 22.2, 27.2, 27.3 y 42.22.
c) Otras actividades industriales de producción vinculadas al vehículo eléctrico y conectado. Se incluyen en esta modalidad, sin estar limitadas a ella, las actividades de producción clasificada en las CNAE 26.1, 26.2, 26.3 y 26.5 en la solicitud realizan proyectos primarios que estén directamente relacionados con la producción de vehículos eléctricos y conectados.
d) Otras actividades de servicios a la industria – actividades de servicios proporcionados directamente a la industria del vehículo eléctrico y conectado, entre las que se incluyen aquellas encuadrables en las CNAE 52.21, 71.12 y 74.10, así como en la 71.20, con excepción de
(i) la explotación de laboratorios policiales,
(ii) el análisis arqueobotánico,
(iii) la inspección de tuberías petrolíferas,
(iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares,
(v) la inspección técnica de vehículos,
(vi) las pruebas de composición y pureza de los minerales o
(vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: Contaminación del aire y del agua.  

Para proveedores de tecnología y/o conocimiento:
a) Actividades de investigación y desarrollo, encuadrables en la CNAE 72;
b) Servicios de información, encuadrables en la CNAE 63;
c) Actividades de programación, consultoría y otras relacionadas con la informática, incluidas en la CNAE 62;
d) Actividades de valorización, incluidas en la CNAE 38.2 y 38.3, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización. Siempre que se desarrollen en el marco de la industria de vehículo eléctrico y conectado. En ningún caso se considerarán como actividades complementarias a la producción industrial las actividades de intermediación o las que tengan como destino el consumidor final.
Estructura de la línea de actuaciones integralesa) Bloques industriales de carácter obligatorio, que son esenciales para conseguir el objetivo del PERTE VEC:
1.º Fabricación de equipos originales y ensamblaje (OEM).
2.º Fabricación de baterías o pilas de hidrógeno.
3.º Fabricación de otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado.

b) Bloques de carácter adicional, complementarios a los obligatorios:
1.º Fabricación de componentes del vehículo inteligente.
2.º Conectividad del vehículo eléctrico.
3.º Fabricación de sistemas de recarga.

c) Bloques transversales de carácter obligatorio:
1.º Plan de Economía Circular.
2.º Plan de Digitalización.
3.º Plan de Formación y Reciclaje Profesional.  

Cada solicitud presentada se estructurará en un proyecto tractor formado por proyectos primarios que deberán enmarcarse en alguno de los bloques anteriores. Proyecto primario — cada una de las actuaciones a desarrollar, con entidad propia y objetivos específicos concretos y autónomos, que llevará a cabo uno o varios promotores industriales y/o los proveedores de conocimiento conjuntamente en uno o varios bloques anteriores.
Todos los proyectos tractores presentados deberán incluir la ejecución de al menos 1 proyecto primario en cada uno de los bloques de carácter obligatorio, al menos 1 proyecto primario en uno de los bloques adicionales, y proyectos en colaboración en los bloques transversales.
Respecto a los bloques transversales, éstos incluirán planes y compromisos en las tres áreas. Todas las entidades que formen parte de la agrupación deben participar en, al menos, un plan transversal.
Cada proyecto primario deberá encuadrarse en una sola línea y tipo de proyecto
Líneas de actuación y tipos de proyectos primarios1. Línea de investigación, desarrollo e innovación: proyectos primarios de alguna de las siguientes tipologías:
a) Los proyectos de investigación industrial;
b) los proyectos de desarrollo experimental;
c) los proyectos de innovación en materia de organización;
d) los proyectos de innovación en materia de procesos;
e) estudios de viabilidad previos a la investigación industrial
Para proyectos primarios de I+D, será necesario aportar un informe de calificación de las actividades del proyecto emitido por una entidad de validación acreditada por ENAC, o entidad equivalente de otro Estado Miembro de la Unión Europea. El informe determinará la naturaleza tecnológica de las actividades del proyecto. – Necesario aportar con la solicitud

2. Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:
a) Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
1.º Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades superando las normas de la Unión Europea, independientemente de la existencia de normas nacionales obligatorias más estrictas que las de la Unión.
2.º Inversiones que permitan a la entidad incrementar el nivel de protección del medio ambiente derivado de sus actividades en ausencia de normas de la Unión Europea.
b) Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o eficiencia energética. — inversiones destinadas a mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad.

3. Línea de ayudas regionales a la inversión:
a) En Extremadura y Canarias, independientemente del tamaño de las entidades de la agrupación que sean beneficiarias, podrán concederse ayudas para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad y en una única localización:
1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas.
2.º Modificación de líneas de producción: Realización de inversiones destinadas a:
a. La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
b. La diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; o bien
c. La transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.

b) En Galicia, Castilla La Mancha y Andalucía, Soria y Teruel, podrán concederse ayudas a PYMES para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad dentro de la agrupación y en una única localización:
1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas;
2.º Modificación de líneas de producción: Realización de inversiones en aparatos y equipos, así como la adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a:
a. La ampliación de la capacidad de un establecimiento existente;
b. la diversificación de la producción en un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el establecimiento; o bien
c. la transformación fundamental en el proceso global de producción del establecimiento.

c) En Galicia, Castilla La Mancha y Andalucía, Soria y Teruel, podrán concederse ayudas a grandes empresas para las siguientes tipologías de proyecto primario que serán, en todo caso, realizados por una única entidad dentro de la agrupación y en una única localización:
1.º Creación de un nuevo establecimiento: Inicio de una nueva actividad industrial en dichas zonas asistidas;
2.º Inversiones iniciales en favor de una nueva actividad económica: Realización de inversiones en aparatos y equipos, así como la adquisición de activos fijos materiales para la implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) que integren al menos una línea de producción completa, destinadas a la diversificación de la producción en un establecimiento, siempre y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada anteriormente en el establecimiento, según la definición indicada en el anexo III de esta orden de bases.

4. Ayudas a la formación: Proyectos primarios dentro del bloque transversal de formación y ligados al Plan integral de formación en habilidades de gestión, digitalización y generación de ecosistemas innovadores en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado vinculado a centros específicos de formación del sector.
Tipo de ayudaPréstamos, subvenciones o una combinación de ambos, de acuerdo con lo que establezca cada convocatoria.

Subvención –Administraciones Públicas, sus organismos vinculados o dependientes y las sociedades mercantiles estatales y las fundaciones del sector público estatal, así como análogas entidades de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Resto de entidades — para aquellas actuaciones que contribuyan de forma efectiva al cumplimiento del compromiso del 40% de contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático.
Características de los préstamosa) Importe del préstamo: El que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites – el importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo con el riesgo vivo acumulado de la entidad con la DGIPYME, que no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado.
b) Plazo de amortización — 10 años, con un plazo de carencia de 3 años (3+7).
c) Tipo de interés de aplicación – 0%.
Intensidad de ayudaPor proyecto primario y entidad— El 80 % sobre el presupuesto financiable, salvo para la línea de ayudas regionales a la inversión que será del 75 %.

Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente a las entidades beneficiarias dentro de cada agrupación (por proyecto primario y entidad)

TIPOS DE PROYECTOS

 Gran EmpresaMediana empresaPequeña empresas y microempresasLímites máximos (por empresa y proyecto primario.)
Proyectos de investigación industrial.Hasta el 50%Hasta el 60%Hasta el 70%30.000.000 €
Proyectos de desarrollo experimental.Hasta el 25%Hasta el 35%Hasta el 45%22.500.000 €
Proyectos de innovación en materia de organización y procesos.Hasta el 15%Hasta el 50%Hasta el 50%11.250.000 €
Estudios de viabilidad previos a la labor de investigación industrial.Hasta el 50%Hasta el 60%Hasta el 70%11.250.000 €
Proyectos de protección del medio ambiente.Hasta el 40%Hasta el 50%Hasta el 60%22.500.000 €
Proyectos de eficiencia energética.Hasta el 30%Hasta el 40%Hasta el 50%15.000.000 €
Proyectos de inversión regional.Según el mapa de ayudas regionales aprobado y en vigor en el momento de la concesión.R × (A + 0,50 × B + 0 × C) (*)
Proyectos de formación.Hasta el 50%Hasta el 60%Hasta el 70%2.000.000 €

(*)-siendo

R la intensidad máxima de ayuda aplicable en la zona en cuestión, establecida en un mapa de ayudas regionales aprobado y que esté en vigor en la fecha de concesión de la ayuda, excluida la intensidad de ayuda incrementada para las PYME,

A los 50 M€ iniciales de los costes subvencionables,

B la parte de los costes subvencionables comprendidos entre 50 y 100 M€, y

C la parte de los costes subvencionables por encima de 100 M€;

  • Ningún proyecto primario de cualquier tipología de las anteriores podrá beneficiarse de más del 20% de la ayuda total a conceder bajo esta orden.
  • Para cada proyecto tractor, un mínimo del 30 % de la ayuda total concedida deberá beneficiar a PYMES.

Este beneficio para las PYMES se calculará mediante la suma de los dos siguientes conceptos:

  •  1. La ayuda total concedida directamente a las PYMES que, por sí solas, o junto a grandes empresas, pertenezcan a la agrupación que presenta el proyecto tractor, y cuya ejecución se haya certificado en fase de justificación, en función del presupuesto considerado financiable.
  • 2. La ayuda que beneficie a PYMES que, no incluidas en la agrupación que presenta el proyecto tractor, sean directamente contratadas por las empresas que conforman dicha agrupación para la ejecución de proyectos primarios incluidos en la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado. El cálculo de la ayuda al que se refiere este concepto se realizará multiplicando el importe contratado con PYMES en cada proyecto primario por la intensidad de ayuda equivalente recibida en dicho proyecto primario. A estos efectos, sólo se tendrán en cuenta los costes que hayan sido certificados en fase de justificación y de acuerdo con el presupuesto financiable establecido en la resolución de concesión de la ayuda.»
  • El importe máximo de ayuda concedida en cualquier forma para un mismo grupo empresarial en el conjunto de proyectos primarios y tractores en el que participe no podrá superar el 15% del presupuesto total del programa.

Porcentaje mínimo de presupuesto financiable que se financiará con ayuda en forma de préstamo:

Presupuesto MínimoPor proyecto primario:
Bloque (artículo 8 de la orden de bases)Presupuesto financiable mínimo de cada entidad en cada proyecto primario (€)
a.1    Fabricación de equipos originales y ensamblaje.500.000
a.2    Fabricación de baterías o pilas de hidrógeno.500.000
a.3    Fabricación de otros componentes esenciales adaptados al vehículo eléctrico y conectado.500.000
b.1    Fabricación de componentes del vehículo inteligente.100.000
b.2    Conectividad del vehículo eléctrico.100.000
b.3    Fabricación de sistemas de recarga.100.000
c.1    Economía Circular.Sin umbral
c.2    Digitalización.Sin umbral
c.3    Formación y Reciclaje Profesional.Sin umbral

Por proyecto tractor – 10.000.000 €

Duración del proyectoMáximo de 30 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión o hasta el 30.09.2025, lo que tenga lugar antes, salvo que la correspondiente convocatoria indique otros plazos.
Gastos Subvencionables1. Línea de investigación, desarrollo e innovación
a) Costes de personal. Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. – Las entidades beneficiarias deberán confeccionar partes horarios firmados por los empleados. El coste horario medio de proyecto financiable será de 45 € como máximo.
b) Costes de instrumental y material inventariable. – los gastos de amortización.- Máximo el 60% del presupuesto financiable. Los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano no serán financiables.
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.

2. Línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética:
a) Aparatos y equipos de producción. Adquisición de activos fijos materiales vinculados directamente a la producción y a los objetivos del proyecto. Excluidos los elementos de transporte exterior.
b) Edificación e instalaciones: Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales existentes, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.- Máx. el 20% del coste financiable del proyecto primario.
c) Activos inmateriales: Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.
d) Colaboraciones externas: Colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos directamente vinculados con las inversiones vinculadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de eficiencia energética.

3. Línea de ayudas regionales a la inversión:
a) Aparatos y equipos de producción: Adquisición de activos fijos materiales vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Excluidos los elementos de transporte exterior.
b) Edificación e instalaciones: Inversiones materiales para la adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
c) Activos inmateriales: Inversiones en activos vinculados a la transferencia de tecnología mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «know-how» o conocimientos técnicos no patentados.—Grandes empresas, máx. 50% del total de los costes de inversión subvencionables del proyecto para la inversión inicial.

4. Ayudas a la formación
a) Costes de personal de los formadores, correspondientes a las horas en que estos participen en la formación. Las entidades beneficiarias deberán confeccionar partes horarios firmados por los empleados.—Coste/hora máx. 60 €
b) Costes materiales y suministros vinculados directamente al proyecto primario.- excluido expresamente material de oficina y fungibles.
GarantíasPara cada proyecto primario. Se admitirá cualquier modalidad de las establecidas por la Caja General de Depósitos:
1. Efectivo
2. Aval prestado por entidades de crédito, establecimientos financieros de crédito o sociedades de garantía recíproca.
3. Seguro de caución otorgada por entidades aseguradoras.
4. Valores de deuda del Estado.
Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.

2 Fases de presentación de garantías:
1.      Con anterioridad a la resolución de concesión – por 100% de la subvención y por el 20% del préstamo.
2.      previo al segundo desembolso – en función del grado de avance comprometido en el cronograma presentado en la solicitud y la calificación de la evolución de las inversiones acreditadas:
Otros datosEl pago de la ayuda se realizará a cada entidad beneficiaria dentro de la agrupación:
1. El primer pago se ordenará una vez dictada la resolución de concesión — importe total de la ayuda concedida correspondiente a la anualidad 2022.
2. El segundo pago correspondiente a la ayuda concedida para la anualidad 2023 se realizará a lo largo del año 2023, y estará condicionado a la presentación antes del 15 de septiembre de 2023 de la situación actualizada de las inversiones y gastos realizados hasta la fecha

La solicitud de modificación de concesión deberá efectuarse como máximo 3 meses antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto inicialmente previsto  

En el caso en que la fase de justificación se compruebe que el beneficio para las PYMES, no alcanzara el 30 % del total de la ayuda concedida a un proyecto tractor, se aplicará a las grandes empresas que formen parte de la agrupación, un reintegro en la cuantía correspondiente hasta alcanzar ese umbral del 30 %.
Dicho reintegro se aplicará a la ayuda concedida a las grandes empresas en cada uno de los proyectos primarios en los que sea beneficiaria, haya sido ejecutado en solitario o en cooperación con PYMES, aplicando, en cada uno de ellos, el mismo porcentaje de descuento sobre la parte de ayuda correspondiente al importe del proyecto que haya sido realizado por empresas no PYMES, de forma que se alcance el objetivo comprometido.

Criterios de evaluación

A)           Adecuación del acuerdo de agrupación a los requisitos establecidos.

B)           Adecuación de la estructura de la propuesta al contenido del mínimo de PERTE VEC.

C)           Viabilidad económica global la agrupación.

D)           Grado de representatividad del proyecto tractor respecto de la estructura del PERTE VEC.

E)           Puntuaciòn ponderada total de los proyectos primarios.

F)            Criterios de impacto y contribución a la transición industrial.

f.1 Efecto tractor sobre las PYMES de la cadena de valor del vehículo eléctrico y conectado.

f.2 Compromiso de generación de nuevos puestos de trabajo en la cadena de valor, así como en el conjunto de la economía.

f.3 Interconexión e integración digital del proyecto tractor.

Bases ReguladorasOrden ICT/1466/2021, de 23 de diciembre (BOE 28.12.2021). Modificada por Orden ICT/209/2022, de 17 de marzo (BOE 18.03.2022)

MINCOTUR. Plan de Modernización de la Máquina Herramienta de la PyME hasta 2Nov21

MINCOTUR. “Plan de Modernización de la Máquina Herramienta” de la PyME
ÁmbitoMINCOTUR
PublicaciónOrden ICT/1090/2021, de 1 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2021 de concesión de subvenciones correspondientes al «Plan de modernización de la máquina herramienta» de las pequeñas y medianas empresas.
Fecha de publicaciónBOE 8.10.2021
Plazo de solicitudesDel 9.10.2021 al 2.11.2021
Solamente se admitirá una solicitud por entidad jurídica. // Cada solicitud incluirá como máximo tres máquinas herramienta
ObjetoApoyar la realización de inversiones en la adquisición de nuevas máquinas herramienta que formen parte del proceso productivo de las PYMES industriales y que contribuyan a su modernización.
Acciones de apoyoLas inversiones realizadas en territorio nacional para la adquisición de máquinas herramienta para su incorporación al proceso productivo y que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
a) supongan la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente;
b) supongan la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales; o
c) impliquen un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
BeneficiariosPymes, con CNAE:
a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C -Divisiones 10 a 32
b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla)
c) Actividades complementarias a la producción industrial:
– Actividades de envasado y empaquetado a escala industrial encuadradas en la CNAE 82.92, con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos;
– Actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial incluidas en la CNAE 52.10, a excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos;
– Actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo encuadradas en la división 33 de la sección C de la CNAE, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios directamente a la industria manufacturera (actividades incluidas en las CNAE 10 a 32), a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35 (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36; a excepción de las actividades de reparación y el mantenimiento de armas de fuego y munición (incluida la reparación de armas para actividades deportivas y recreativas), reparación y el mantenimiento de carros de supermercado, reparación de extintores, reparación y mantenimiento de tractores agrícolas, reparación y mantenimiento de maquinaria agropecuaria y forestal, máquinas expendedoras automáticas, cajas registradoras, fotocopiadoras, reparación de calculadoras, electrónicas o no, reparación de máquinas de escribir, reparación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos, de equipos e instrumentos ópticos, reparación y mantenimiento de equipos de alumbrado eléctrico y reparación y mantenimiento de dispositivos de cableado portador o no de corriente para circuitos eléctricos. También quedan excluidas las actividades encuadradas en las CNAE 33.19 y 33.20.
d) Actividades de servicios a la industria:
– Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos industriales y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12 Ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, con excepción de (i) la explotación de laboratorios policiales, (ii) el análisis arqueobotánico, (iii) la inspección de tuberías petrolíferas, (iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, (v) la inspección técnica de vehículos, (vi) las pruebas de composición y pureza de los minerales o (vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua.
Dotación50 M €
Tipo de ayudaSubvención
Intensidad de ayudaPequeñas empresas – 20%
Medianas empresas – 10%
Máximo/máquina – 175.000 €
Máximo/beneficiario – 300.000 €
Garantías100% de la subvención propuesta, antes de la resolución de concesión.
PresupuestoEl importe mínimo de cada máquina herramienta subvencionable – 70.000 €.
Plazo de ejecución de las inversionesDesde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de 15 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Efecto incentivador– Se entenderá por inicio de la adquisición de cada una de las máquinas herramienta el primer compromiso en firme para el pedido u otro compromiso que haga la inversión irreversible.
– No se considerará inicio de la adquisición la petición de ofertas para las máquinas herramienta.
Tipologías de máquina herramientaMáquina herramienta de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva:
Tornos
- Sistemas de automatización industrial asociados a máquina-herramienta
- Fresadoras
- Equipos independientes de inspección y medición de piezas mecanizadas
- Mandrinadoras
- Talladoras / Máquinas de roscado

- Taladros Equilibradoras
- Roscadoras
- Máquinas para el conformado por encintado de piezas de composites
- Rectificadoras
- Paneladoras para el trabajo de la chapa
- Afiladoras, pulidoras y amoladoras
- Sierras
- Centros de mecanizado
- Biseladoras
- Máquinas especiales y máquinas transfer compuestas de unidades de mecanizado
- Mortajadoras
- Brochadoras
- Líneas de corte con prensa, láser, chorro de agua, gas o ultrasonidos
- Máquinas de electro-erosión
- Máquinas para el trabajo de barras, perfiles y tubos
- Máquinas de centrar y refrentar
- Máquinas para fabricación y control de tornillos y pernos
- Prensas mecánicas
- Máquinas para grabar, marcar y/o puntear
- Prensas hidráulicas / neumáticas
- Remachadoras
- Servoprensas
- Granalladoras
- Punzonadoras
- Equipos y sistemas industriales para la fabricación aditiva
.
Gastos SubvencionablesLos gastos de adquisición de máquinas herramienta nuevas de arranque de viruta, de deformación metálica y trabajo de chapa, o de máquinas y equipos industriales de fabricación aditiva. En ningún caso serán subvencionables gastos asociados a la cimentación de los equipos, obra civil o instalaciones auxiliares (climatización, aislamiento, iluminación, etc.). Los gastos de instalación (excluida la obra civil) y puesta en marcha no superarán en ningún caso el 15% del presupuesto de adquisición de las máquinas herramienta.
Otros datosDeberán presentarse, junto con la solicitud, al menos 3 ofertas de cada una de las máquinas herramienta para las que se solicita ayuda.
Las maquinas herramienta subvencionadas deberán permanecer en el activo de la entidad, y en funcionamiento durante un periodo de al menos 3 años desde la fecha de puesta en operación de los mismos.
MINCOTUR. “Plan de Modernización de la Máquina Herramienta” de la PyME

FAIIP – Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva de 600M€ gestionado por SEPIDES, abierto hasta agotar recursos

AROSA I+D le ayuda a conseguir la financiación del FAIIP (y otras ventanillas) que su proyecto empresarial necesita y se merece.

FINALIDAD FAIIP – Fondo de Apoyo a la Inversión Industrial Productiva: prestar apoyo financiero retornable para promover inversiones de carácter industrial que contribuyan a favorecer el desarrollo industrial, reforzar la competitividad industrial y mantener las capacidades industriales del territorio.

DOTACIÓN FAIIP 2021600 Mill.€ con cargo a los presupuestos del MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO (MINCOTUR).

SEPIDES - SEPI Desarrollo Empresarial
SEPI Desarrollo Empresarial, S.A., S.M.E. (SEPIDES) gestiona FAIIP de MINCOTUR

GESTIÓN FAIIP – Encomendada a SEPI Desarrollo Empresarial, S.A., S.M.E. (SEPIDES).

BENEFICIARIOS FAIIP – El Fondo tiene como objetivo financiar empresas, en concreto a sociedades mercantiles y sociedades cooperativas, constituidas con domicilio social y establecimiento en España, que no formen parte del sector público, que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, con independencia de su tamaño.

PROYECTOS FINANCIABLES FAIIP – Las tipologías de proyectos que pueden optar a la financiación del Fondo son:

  1. Creación de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al inicio de una nueva actividad productiva.
  2. Traslado de establecimientos industriales: actuaciones orientadas al cambio de localización de una actividad productiva previa hacia cualquier punto del territorio nacional.
  3. Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción y proceso: realización de actuaciones que permitan la modernización de líneas de producción y proceso existentes, o generen la implantación de nuevas líneas de producción y proceso, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud. Con inclusión expresa de la implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.» y de actuaciones en las líneas orientadas a la sostenibilidad ambiental.

Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.

Igualmente, queda fuera del objeto del Fondo la adquisición de empresas.

Los proyectos han de estar ubicados en el territorio nacional, siendo financiables, para las solicitudes que se presenten en 2021, tanto partidas que se hayan ejecutado desde 1 de julio de 2020, como las que se ejecuten hasta 2 años después de la fecha de formalización de la financiación del Fondo FAIPP.

Para proyectos nuevos, aún no iniciados, el comienzo de su ejecución ha de estar previsto en el plazo máximo de 12 meses.

FÓRMULAS DE FINANCIACIÓN FAIIP – La financiación se realizará mediante préstamos ordinarios, préstamos participativos, participación en capital temporal y minoritaria, o fórmulas mixtas entre las anteriores, con operaciones a largo plazo (hasta 10 años) y carencias elevadas (hasta tres años en préstamos ordinarios y participativos). 

El coste de la financiación se aplicará en función de la calificación financiera de la empresa, el proyecto, el tipo de operación y la bonificación que pueda aplicarse por cumplimiento de criterios de impacto industrial, estableciéndose en los siguientes tramos:

  • Para préstamos ordinarios: entre el 1,5 y el 4,5%
  • Para préstamos participativos: entre el 2,5 y 7,5%
  • Para participación de capital: entre el 4,5 y el 8%
  • Posibilidad de aplicar una bonificación del 0,5% si se cumplen ciertos requisitos.
FÓRMULAS DE FINANCIACIÓN FAIIP

ACTUACIONES Y CONCEPTOS FINANCIABLES FAIIP

  • Serán actuaciones financiables aquellas encuadradas en las actividades cuyos CNAES asociados se detallan:
    El FAIIP financiará sociedades mercantiles privadas y cooperativas que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva y de servicios industriales, encuadrada en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009).

También actividades encuadradas en la sección 38.3x, si disponen en el momento de la solicitud de la autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11, según definiciones establecidas en el anexo II de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Actividades complementarias a la producción industrial (CNAE 82.92, 52.10, 33 con excepciones y siempre relacionas con la actividad industrial)

Actividades de servicios a la industria (CNAE 71.12 y 71.20)

CONCEPTOS FINANCIABLES FAIIP

  • Obra Civil: urbanización y canalizaciones, con exclusión expresa de terrenos.
  • Edificación: adquisición, construcción, ampliación o adecuación de naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados directamente al proceso productivo.
  • Aparatos y equipos de producción, excluidos los elementos de transporte exterior, mobiliario, utillaje. Pueden ser de primer o segundo uso.
  • Activos intangibles: Software específico vinculado al proceso productivo; Patentes, licencias, marcas y similares; Investigación y desarrollo, solo en la medida en que estén directamente vinculados con el proceso productivo y a los aparatos y equipos de producción imputados como conceptos financiables de la solicitud.
  • Gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en dicha partida.
  • Gastos de Calificación Crediticia vinculada a la solicitud de financiación, en caso de ser exigida.
  • Gastos de auditoría de cuentas en el caso de empresas sin obligación de auditoría (durante la vida de la Financiación).
  • Gastos de auditoría asociados a la justificación de la inversión en el marco del proyecto financiado.
  • Las inversiones en Aparatos y equipos de producción y Software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del Presupuesto Financiable.

Los conceptos de inversión y gasto financiables y no financiables seguirán las siguientes reglas: 

  •  En ningún caso, su coste podrá ser superior al valor de mercado. Se podrá solicitar al Beneficiario que demuestre este extremo mediante soporte documental (presupuestos, tasaciones, etc.), estableciese una especial vigilancia en materia de adquisición de inmuebles; actuaciones realizadas con medios propios y colaboraciones externas; y transacciones con partes vinculadas o de bienes de segunda mano.
  •  En ningún caso se consideran financiables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación (caso del IVA).
  • La financiación del Fondo es de carácter finalista, debiendo destinarse y estando condicionada al efectivo desarrollo del proyecto presentado, así como a su mantenimiento y aplicación al desarrollo de la actividad industrial para el que se concedió durante un plazo mínimo de entre 3 y 5 años en función del plazo de devolución de la Financiación.

LÍMITES Y COMPATIBILIDAD DE LA FINANCIACIÓN FAIIP

  • El importe financiable es de hasta el 75% del presupuesto financiable del proyecto, siempre y cuando las inversiones en aparatos y equipos de producción y software específico vinculado a producción sean al menos el 50% del mismo.
  • La percepción de apoyo financiero del FAIIP es compatible con cualquier otra financiación, pública o privada. La financiación pública destinada a conceptos del presupuesto financiable no puede exceder del 75% sobre el total del presupuesto financiable.
    En el caso concreto de que se financie la adquisición de naves existentes, una vez efectuada la transacción, se deberá aportar una declaración responsable firmada por el vendedor, declarando que la misma no ha sido objeto de financiación por organismos públicos.
  • El importe de la financiación del FAIIP, estará limitado a que el riesgo vivo de la empresa con el Fondo, ajustado en el importe cubierto por garantías ejecutables a primer requerimiento, sea como máximo de 5 veces los fondos propios acreditables del Solicitante. En el caso de empresas que forman parte de un grupo con obligación de consolidar, esta regla se hace extensiva a importes consolidados de grupo.

CONVOCATORIA Y SOLICITUDES

  • Convocatoria abierta hasta agotamiento de los recursos disponibles para inversión.
  • Las solicitudes de financiación serán gestionadas por orden cronológico.
  • Si un Solicitante prevé realizar actuaciones relativas a varias tipologías de proyecto/ubicaciones y quiere solicitar financiación del Fondo para el conjunto de las mismas, habrá de hacerlo en una única solicitud de financiación.
  • La empresa solicitante que haya presentado una solicitud de financiación y quisiera cursar una nueva, habrá de esperar a que la anterior quede resuelta.
  • Todas las fases del procedimiento de financiación se realizarán de manera electrónica, y a través del Portal Web del Fondo, dónde además podrá comprobar el estado de tramitación de su solicitud.
  • Las personas físicas que realicen la firma o la presentación electrónica de documentos deberán ostentar la representación necesaria.
  • En caso de darse una solicitud por desistida, el Solicitante podrá presentar una nueva solicitud de financiación para el desarrollo del mismo proyecto cuando lo estime conveniente, ésta será tratada a efectos de prelación en su gestión como nueva, no obstante para la presentación, podrá recuperar el contenido de la solicitud dada por desistida.
  • Para solicitudes de financiación comprendidas entre 5 y 10 millones, se podrá instar al Solicitante a la contratación de una Calificación Crediticia. Para solicitudes por importe igual o superior a 10 M€, dicha Calificación Crediticia será siempre requerida.

Agencia SPRI. El Gobierno Vasco presenta el Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024

PLAN DE DESARROLLO INDUSTRIAL E INTERNACIONALIZACIÓN 2021-2024 SPRI-EUSKADI

SPRI. El Gobierno Vasco aprueba el Plan de Desarrollo Industrial e Internacionalización 2021-2024.

Establece el objetivo de que el 40% del PIB lo compongan la industria manufacturera y los servicios avanzados como actividad conexa a la industria y aportante de valor en innovación y digitalización. Este plan, catalogado como estratégico, contribuirá a la recuperación económica atendiendo los retos coyunturales provocados por la pandemia y el posicionamiento de la empresa vasca del siglo XXI.

Principal herramienta para la recuperación y la transformación de la economía vasca, aboga por un modelo de desarrollo sostenible e inclusivo y contempla medidas con impacto en el corto, medio y largo plazo. 

El Plan tiene en cuenta no solo la situación coyuntural sino el compromiso estructural con el desarrollo industrial y la internacionalización empresarial, y se le dota de un carácter transversal alineado con el conjunto de planes y estrategias de Euskadi orientadas a la competitividad (PCTI2030; Estrategia de Transformación Digital 2025; Berpiztu, Plan Estratégico de Transición Energética y Cambio Climático 2021- 2024 ). 

Desde septiembre de 2020 hasta junio de 2021 el plan ha sido sometido a un proceso de contraste en el que han participado las Diputaciones Forales, los agentes sociales, económicos y empresariales, la Mesa de Diálogo Social, el Consejo Económico y Social. Se han realizado hasta ochenta entrevistas individuales, especialmente ligadas al ámbito de la internacionalización, y en particular entidades dinamizadoras de la Agenda 2030 y agencias europeas de promoción de la internacionalización empresarial.

2021 PPT Plan Industria e Internacionalizacion
👉🏻https://www.spri.eus/archivos/2021/07/pptx/2021-ppt-plan-industria-e-internacionalizacion.pptx

Objetivos del PDII 2024

Además de contribuir a acelerar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, el PDII 2024 concreta los siguientes objetivos estratégicos:

  • Industria: Superar el 40% del PIB en la industria y los servicios avanzados.
  • Internacionalización: Alcanzar la propensión exportadora de un tercio del PIB en Euskadi al final del periodo, incrementar la tendencia de las empresas vascas a establecer implantaciones en el exterior.
  • Investigación e Innovación: Lograr la convergencia en I+D con la media europea -inversión y resultados-, y hacer de Euskadi un polo de innovación europeo.
  • Emprendimiento innovador: Incrementar un 10% la creación de empresas tecnológicas y posicionar a Euskadi como ecosistema tractor de startups internacionales que colaboren con la industria local.
  • Aprovechar las oportunidades aceleradas por la pandemia de la COVID-19 para la generación de nuevas actividades en ámbitos relacionados con las transiciones energético-climática y tecnológico-digital, apostando también por nuevas áreas en torno a la transición demográfico-social, entre otras.

 Principios sobre los que pivota el PDII 2024

Los principios sobre los que se ha elaborado el PDII 2024 están enfocados al fortalecimiento y recuperación de la competitividad con la mirada puesta en el futuro post-pandemia.

  • Foco en las personas: Renovación y reactivación inclusiva y justa
  • Horizonte temporal a medio y largo plazo: Medidas estructurales sin olvidarse de lo urgente.
  • Mirada doble: Las transiciones como i) retos para nuestra sociedad para asegurar el mantenimiento de una competitividad y un bienestar sostenible, y como ii) oportunidades para potenciar la competitividad de nuestras empresas.
  • Ambidestreza: Desarrollo de capacidades para combinar simultáneamente tanto la explotación de las capacidades existentes como la exploración para generar nuevas capacidades y actividades
  • Perspectiva sistémica y de cadenas de valor estratégicas: Actuar de forma integrada a lo largo de las cadenas de valor y de aprovisionamiento, aprovechando las oportunidades que generan las intersecciones entre sectores y clústeres, y fomentando la colaboración y la perspectiva sistémica.
  • Colaboración público-privada y público-pública
  • Apertura e internacionalización: Apoyar la mejora del posicionamiento internacional de las empresas vascas, la atracción y retención de talento internacional y el posicionamiento internacional de Euskadi Basque Country.
  • Sin duplicidades con otros niveles institucionales
  • Monitorización del Plan y adaptación a los cambios del entorno 

Ejes y palancas de actuación

Eje 1. Apoyo a empresas en dificultades y áreas desfavorecidas 

Medidas de apoyo a empresas que se encuentren en dificultades y que se hayan visto más afectadas por la crisis y áreas desfavorecidas. 

Acompañamiento a las empresas en dificultades coyunturales. 

Iniciativas e instrumentos financieros orientados al acompañamiento a las empresas en dificultades coyunturales; dependiendo de la viabilidad del proyecto, bien puede ser para promover su futura consolidación y relanzamiento o para su ordenada disolución. 

Impulso a las zonas con necesidades de reindustrialización. 

Iniciativas dirigidas al impulso de la promoción y ordenación industrial de zonas de Euskadi con especiales necesidades de reindustrialización, impulsar su competitividad. 

Eje 2. Transformación y renovación de la competitividad 

Se prevé aprovechar el sistema de competitividad existente sometiéndolo a un proceso de transformación y renovación en líneas con las mega-transiciones que se están produciendo a nivel global. 

Se detectan y comprometen, asimismo, las oportunidad e iniciativas asumibles desde la industria de vasca: 

1. La transición energético-climática como palanca de transformación y nuevas oportunidades industriales. 

Áreas de oportunidad: la cadena de valor de la eólica offshore; la economía del hidrógeno; el almacenamiento de energía; la innovación en la movilidad sostenible (vehículos autónomos y conectados, uso de combustibles alternativos…); los nuevos combustibles eficientes (e-fuels o biogás) y la economía circular y bioeconomía.

2. La transición digital como palanca de transformación y nuevas oportunidades industriales. 

Áreas de oportunidad: la Ciberseguridad; la Inteligencia artificial y la Computación cuántica. 

3. La transición demográfico-social como palanca de transformación y nuevas oportunidades industriales. 

Áreas de oportunidad: la Salud digital; la Alimentación saludable y autocuidado; la Aplicación de tecnologías de ingeniería al cuidado y a la salud; la Terapia génica, celular y regenerativa; el Sistemas IVD-POC; el Envejecimiento saludable y las Tecnologías auxiliares para el hogar, la movilidad y el ocio 

Eje 3. Palancas de competitividad

1. Apoyo a la diversificación, consolidación y crecimiento empresarial.

Fomento de la diversificación empresarial, de productos y/o mercados mediante cambios en los modelos de negocio y Consolidación y crecimiento empresarial, para fortalecer el posicionamiento competitivo de las pymes y fomentar el arraigo de empresas y su papel tractor. 

2. Impulso de la cooperación.

Impulso del programa clúster; el apoyo a la I+D+i colaborativa; fomento de iniciativas de cooperación regional; refuerzo en redes de cooperación internacional y el impulso de la cooperación empresarial para abordar mercados internacionales con más masa crítica. 

3. Posicionamiento internacional*.

Instrumentos de apoyo a la actividad internacional de las empresas; fortalecer la Red exterior y el posicionamiento internacional para apoyar la internacionalización de las empresas vascas y reforzar la marca Euskadi Basque Country; Priorización de mercados y apertura de nuevas delegaciones comerciales en Japón y Corea; atracción de Inversión Extranjera Directa (IED), Invest in the Basque Country, con sistemas de ventanilla única; Impulso de cambios normativos y regulatorios en la Unión Europea y en España, como por ejemplo un ajuste del coste de las emisiones de carbono en frontera aplicable a las importaciones en determinados sectores. 

*Este plan recoge un desarrollo específico para la internacionalización empresarial al que se hace referencia más adelante 

4. Refuerzo y adaptación de las competencias profesionales de las personas.

Fortalecer y adecuar la oferta formativa a los nuevos perfiles profesionales que demandan las tres transiciones, así como para abordar recualificaciones de personas trabajadoras; desarrollar vocaciones STEM, y Reforzar la formación y experiencia internacional de las personas. 

5. Apoyo a la tecnología e innovación.

Oferta de programa ad hoc para el impulso de la I+D y la tecnología, así como para el Desarrollo de la innovación en producto y procesos. 

6. Fomento del emprendimiento innovador.

Fomento del emprendimiento individual y corporativo innovador y de base tecnológica; Apoyo al Ecosistema Vasco de Emprendimiento y Refuerzo de los instrumentos financieros al emprendimiento. 

7. Desarrollo de infraestructuras.

Oferta y gestión de suelo industrial, recuperando y poniendo en valor suelos industriales degradados.

Reforzar los Parques tecnológicos, impulsando su expansión por las necesidades que surgen dado el alto grado de ocupación de los parques existentes.  

Presupuesto

Para garantizar el cumplimiento de los objetivos del Plan y de las acciones propuestas en los ejes y palancas, el DESMA hace una apuesta presupuestaria decidida. 

Este presupuesto inicial prevé en el año 2021 1.642 millones de euros, y se estima que durante el periodo 2021-2024 el departamento pueda habilitar un presupuesto total de 4.106M€.

*Plan específico para la internacionalización empresarial

El Plan de Internacionalización Empresarial 2017-2020 contribuyó a reforzar la evolución de las exportaciones de la CAPV, que han crecido más de un 17,5% entre el año 2016 y 2019 (de 21.616 M€ en 2016 a 25.397 M€ en 2019), hasta sufrir el impacto derivado de la crisis causada por la Covid-19 en el año 2020. 

Los principales objetivos cara al 2024 serán Alcanzar al final del período la propensión exportadora de Euskadi de un tercio del PIB; incrementar la tendencia de las empresas vascas a establecer implantaciones en el exterior, e incrementar en un 10% la cifra de proyectos en los servicios de impulso a la internacionalización.

Desde el punto de vista geográfico, es necesario establecer estrategias diferenciadas en función de los mercados objetivos:

Países de consolidación: economías cercanas (Francia, Alemania, Reino Unido, Italia, Rep. Checa, Polonia, Holanda, Bélgica, Colombia y Chile), con importante presencia de empresas vascas y crecimiento limitado

Grandes mercados: economías de tamaño grande y mediano e industrializados, con altas perspectivas de crecimiento en sectores estratégicos (EEUU, China, México, India y Brasil)

Países “HUB” regionales: países que aportan no sólo crecimiento, sino que además permiten el acceso a otros mercados (Singapur- ASEAN, Australia, Turquía, Estados Árabes del Golfo-GCC, Rusia)

Países de especialización: economías consolidadas, con mercado limitado, pero acceso a clientes con gran actividad internacional, tecnologías, sectores, ecosistemas específicos (Japón, Corea, Israel, Países escandinavos y Canadá)

Países de vigilancia: países con economías fuertes y/o en crecimiento, donde la actividad de empresas vascas dada la limitada presencia tiene alto potencial (Marruecos, Egipto, Ghana, Kenia, Tanzania, Sudáfrica, Nigeria, Etiopía, Kazajistán y Cáucaso 

La apuesta por el fortalecimiento del posicionamiento internacional para apoyar la internacionalización de las empresas vascas motivará la apertura de nuevas delegaciones comerciales en Japón (Tokio) y en Corea (Seúl).

Establece el objetivo de que el 40% del PIB lo compongan la industria manufacturera y los servicios avanzados como actividad conexa a la industria y aportante de valor en innovación y digitalización. Este plan, catalogado como estratégico, contribuirá a la recuperación económica atendiendo los retos coyunturales provocados por la pandemia y el posicionamiento de la empresa vasca del siglo XXI

La internacionalización se acentúa como palanca competitiva y se refuerza la Red exterior de oficinas comerciales con la apertura de dos nuevas delegaciones en Japón y Corea.

NUEVAS AYUDAS, BONIFICACIONES Y AHORROS FISCALES EN EL SECTOR DE LA AUTOMOCIÓN

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Últimas novedades en materia de incentivos públicos

Desde AROSA I+D les resumimos las últimas novedades en materia de incentivos públicos que son de aplicación a la cadena de valor del sector de automoción.

Estos incentivos, aplicables ya para este ejercicio fiscal 2020, suponen una ventaja económica que debería ser tenida en cuenta por su empresa.

Resumen: REAL DECRETO -LEY 23/2020 , DE 23 DE JUNIO, que aprueba medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

Se introducen: incremento de la deducción por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción y libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.

a) Deducción en el Impuesto sobre Sociedades por actividades de innovación tecnológica de procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción

Con efectos para los períodos impositivos que se inicien dentro de los años 2020 y 2021 y con el objeto de fomentar inversiones en innovación en procesos en la cadena de valor de la industria de la automoción en España, el artículo 7 del RDL 23/2020 incrementa el porcentaje de la deducción en innovación en procesos en el impuesto sobre sociedades (art. 35.2, c) de la LIS) al 25% (hasta ahora era del 12%).

Requisito necesario: Obtener un informe motivado sobre la calificación de la actividad como innovación tecnológica cuyo resultado sea un avance tecnológico en la obtención de nuevos procesos de producción en la cadena de valor de la industria de la automoción o mejoras sustanciales de los ya existentes.

b) Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada.

Con efectos para las inversiones realizadas en el año 2020, la disposición final cuarta del RDL 23/2020, introduce en la Ley del Impuesto sobre Sociedades la disposición adicional decimosexta “Libertad de amortización en inversiones realizadas en la cadena de valor de movilidad eléctrica, sostenible o conectada”, para posibilitar la libertad de amortización de las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material que impliquen la sensorización y monitorización de la cadena productiva, así como la implantación de sistemas de fabricación basados en plataformas modulares o que reduzcan el impacto ambiental, afectos al sector industrial del automoción puestos a disposición del contribuyente dentro del año 2020.

Otros incentivos de interés:

A lo largo de este mes de Julio se espera la publicación de varias líneas de ayuda subvención/financiación que pueden ser de vuestro interés:

  • Préstamos para inversiones industriales. (Inversiones realizadas desde febrero 2020 hasta fin de año). Con préstamos por debajo del 1%
  • Préstamos para inversiones en incorporación de tecnologías de Industria 4.0 – Digitalización de empresas
  • Subvenciones y préstamos para el desarrollo de proyectos de I+D+i industrial
  • Proyectos innovadores en el sector agroindustrial y medio rural.
  • Subvenciones de hasta el 80% para proyectos de fabricación de elementos frente a COVID19.
  • Y las habituales líneas de apoyo por parte del CDTI, para proyectos de I+D e innovación e inversión innovadora.

Inversiones industriales, proyectos de fabricación frente a COVID19, Industria 4.0 y Digitalización, y Economía Circular y sistemas de producción limpios.

a) REINDUS 2020: Convocatoria especial. REINDUS 2020: Convocatoria especial (ACTIVOS)

Prevista convocatoria durante julio 2020

  • Proyectos de inversión industrial para mejora y/o modificaciones de líneas de producción y para implementación productivas de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0”
  • Beneficiarios:
    • Todos los sectores manufactureros.  
    • Todos los proyectos que realicen actividades dentro de las CNAEs 10 a 32 y 38.3.
  • Proyectos a realizar desde 1 febrero 2020 hasta 31 diciembre 2020.
  • Préstamos del 75% del presupuesto financiable con plazo de amortización de 6 años (incluidos 3 años de carencia) y tipo de interés variable en función del año y si la empresa es pyme
    • Para Pymes 0,37% TIN
    • Grandes empresas 0,98% TIN
    • Garantías técnicas del 20% para todas las empresas siendo aval bancario o de SGR.
  • Límites de financiación
    • Presupuesto mínimo de 100.000€
    • Presupuesto máximo de 800.000€ por beneficiario y limitado también por riesgo vivo empresa a 5xFFPP (3xFFPP si cuentas no significativas)

b) LÍNEA COVID19: Convocatoria especial

Prevista convocatoria durante julio 2020

  • Proyectos de inversión industrial para producción de material sanitario para la crisis COVID19 para nuevas instalaciones, aumento o conversión de líneas producción en instalaciones ya existentes.
  • Inversiones en proyectos que:
    • establezcan nuevas instalaciones para la producción de los productos COVID.
    • expandan la producción de sus estructuras existentes que producen esos productos.
    • conviertan líneas de producción existentes a tal efecto.
  • Proyectos a realizar desde 1 febrero 2020 hasta 31 diciembre 2020.  
  • Subvenciones del 80% del presupuesto financiable sin garantías.
  • Subvención máxima de 500.000€ por beneficiario.

c) LÍNEA IC4: Programa de apoyo a la INDUSTRIA CONECTADA 4.0

  • Plazo de solicitud — del 3.07.2020 al 30.07.2020
  • Préstamos del 80% presupuesto financiable con plazo de amortización de 10 años (con 3 de carencia), tipo de interés bajo (0% en 2019) y garantías del 20% (aval bancario o SGR).
  • Límites: presupuesto mínimo 100.000€ y máximo según FFPP e intensidad máxima de ayuda.
  • Proyectos industriales de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación en organización y procesos:
    • Soluciones de negocio y plataformas colaborativas
    • Tratamiento masivo de datos
    • Fabricación aditiva
    • Robótica avanzada
    • Sensores, sistemas embebidos, realidad aumentada y virtual.

d) LÍNEA IDi: Programa de apoyo a proyectos industriales de I+D+i

  • Plazo de spolicitudes – Del 4.07.2020 al 29.07.2020
  • Préstamos del 80% presupuesto financiable con plazo de amortización de 10 años (con 3 de carencia), tipo de interés bajo (0% en 2019) y garantías del 20% (aval bancario o SGR)
  • Límites: presupuesto mínimo 100.000€ y máximo según FFPP e intensidades máximas de ayuda
  • Proyectos industriales de investigación industrial, desarrollo experimental e innovación en organización y procesos:
    • Economía circular y eco-innovación, mejora de las cadenas de valor
    • Descarbonización, eficiencia energética y nuevas fuentes de energía sostenible
    • Materiales y productos avanzados (investigación)
    • Innovación en procesos de calidad y seguridad
    • Innovaciones proceso productivo derivados de desarrollos en materiales y productos avanzados.

Todas estas líneas suponen un interesante incentivo económico para las empresas, de forma que pueden suponer un “respiro” económico alternativo para garantizar el desarrollo de la actividad futura.

REINDUS CONV.2019 – APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL

El Programa REINDUS 2019 (Reindustrialización y Fortalecimiento de la Competitividad Industrial) del MINCOTUR concede préstamos para las empresas (de todos los tamaños!) del sector manufacturero (CNAEs 10 a 32… de la actividad del proyecto/no de la empresa!) en todas las CCAA por las inversiones realizadas en 2019.

🏭 Actuaciones financiables en Proyectos Industriales para…

  • la creación de nuevos establecimientos industriales,
  • su traslado,
  • mejoras y modificaciones en las líneas de producción (adquisición de equipos para su modernización o implantación de nuevas líneas)
  • y para la implementación productiva de tecnologías de la “Industria Conectada 4.0”.

🎯 Objetivo: Incentivar inversiones que generen empleo y valor añadido, aumenten la exportación de las empresas y su acceso a nuevos mercados.

📅 Plazo de solicitudes: Hasta 4 Nov 2019.

💶  Préstamos al 1% a 10 años con 3 de carencia.

🏁 Recoge actuaciones desde 1 Ene 2019 hasta plazo máximo de 18 meses desde concesión.

📊 Presupuesto financiable mínimo de las inversiones 100.000 €. Financiación hasta el 75%. Garantías aportadas según calificación financiera.

Alineamiento con los ODS + apoyo a la “transición justa” en zonas vulnerables por procesos de descarbonización (con municipios “prioritarios”).

💸 … y si la inversión forma parte de un proyecto innovador industrial no iniciado con mayor reto tecnológico podremos optar a solicitar subvenciones en otras convocatorias/ventanillas y a las deducciones fiscales por I+D+i (del 25% al 42% por I+D y del 12% por i)…

En AROSA I+D tenemos amplia experiencia en la gestión integral de la convocatoria REINDUS en sus ediciones anteriores. Más de 30 consultores llevamos prestando desde el año 2000 servicios de asesoramiento especializado en promover y rentabilizar la actividad innovadora.

Consúltanos sin compromiso para verificar si tu empresa cumple con todos los requisitos del Programa REINDUS.

Nuevas convocatorias de Subvención para inversiones en Eficiencia Energética en Pyme y en Gran Empresa del sector industrial

Proyectos de eficiencia y ahorro energético

Continuando con las anteriores convocatorias del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) respecto a los Programas de ayudas para actuaciones de  ‘Eficiencia Energética en Pyme y en Gran Empresa del sector industrial’, se cuenta con una dotación presupuestaria de 307.644.906 euros

En 2019 son las Comunidades Autónomas las encargadas de realizar la convocatoria de esta línea de ayudas. Algunas de las Comunidades Autónomas que ya han convocado son La Rioja, Galicia, C. Madrid, C. Valenciana y País Vasco

 El objetivo es facilitar la implementación de las medidas de ahorro y eficiencia energética que resulten propuestas por las auditorías energéticas de las instalaciones industriales, con el fin de reducir el consumo de energía en los procesos industriales, bien mediante la sustitución de equipos, o bien, a través de la implantación de sistemas de gestión energética.

Los beneficiarios podrás ser:

a) Empresas del sector industrial (excluidas empresas en crisis), con CNAE 2009 del 07 al 39 (excepto 12 y 34) siempre que tengan su residencia fiscal o un establecimiento permanente en el territorio de la Comunidad Autónoma convocante.

b) Las empresas de servicios energéticos.

Tipología de actuaciones.- las actuaciones habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida:

  • Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
  • Implantación de sistemas de gestión energética.