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Modificación de las normas generales de exención por categorías para facilitar y agilizar las transiciones ecológica y digital

La Comisión Europea ha aprobado una modificación específica del Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC) para seguir facilitando, simplificando y agilizando el apoyo a las transiciones ecológica y digital de la UE.

Junto con el nuevo Marco Temporal de Crisis y Transición , esta modificación específica tiene por objeto facilitar a los Estados miembros la concesión de las ayudas necesarias a sectores clave en consonancia con el Plan Industrial del Pacto Verde

Modificación del RGEC en relación con el Pacto Verde

El RGEC declara categorías específicas de ayudas estatales compatibles con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, siempre que cumplan determinadas condiciones. Por lo tanto, exime a esas categorías de la obligación de notificación previa y de aprobación por parte de la Comisión, lo que permite a los Estados miembros conceder directamente la ayuda e informar a la Comisión únicamente a posteriori.

La modificación anunciada concede a los Estados miembros más flexibilidad a la hora de formular y ejecutar ayudas en sectores clave para la transición hacia la neutralidad climática y hacia una industria sin emisiones netas. Contribuirá a agilizar la inversión y la financiación para la producción de tecnologías limpias en Europa, en consonancia con el Plan Industrial del Pacto Verde .

En concreto, las normas revisadas:

  • Aumentan y racionalizan las posibilidades de ayuda en el ámbito de la protección del medio ambiente y la energía, entre otras cosas para sostener la implantación de las energías renovables, los proyectos de descarbonización, la movilidad ecológica y la biodiversidad, y para facilitar las inversiones en hidrógeno renovable y aumentar la eficiencia energética.
  • Facilitan la ejecución de determinados proyectos en los que participen beneficiarios de varios Estados miembros, tales como los proyectos importantes de interés común europeo (PIICE), en el ámbito de la investigación y el desarrollo, aumentando las intensidades de ayuda y los umbrales de notificación.
  • Amplían las posibilidades de formación y reconversión profesional en todos los sectores al eximir de la notificación las ayudas a la formación inferiores a 3 millones de euros.
  • Eximen por categorías las ayudas concedidas por los Estados miembros para regular los precios de la energía, tales como la electricidad, el gas y el calor producidos a partir de gas natural o electricidad.
  • Introducen un aumento muy importante de los umbrales de notificación para las ayudas a la protección del medio ambiente y para las ayudas en materia de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).
  • Aclaran y simplifican las posibilidades de ayuda a la financiación de riesgo, a las pymes y a las empresas emergentes, así como a los productos financieros que cuentan con el respaldo del fondo InvestEU.
  • Prorrogan el RGEC hasta finales de 2026 en aras de la seguridad jurídica y la estabilidad normativa.
  • Amplían los umbrales del RGEC incluso fuera de los ámbitos objeto de examen específico para tener en cuenta el período de validez más extenso de las normas.
  • Ajustan las disposiciones del RGEC a las nuevas Directrices sobre las ayudas de finalidad regional , las Directrices sobre ayudas estatales en materia de clima, protección del medio ambiente y energía , las Directrices sobre financiación de riesgo , el Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación y las Directrices sobre banda ancha .

AROSA I+D: Un equipo de consultoría estratégica para el aprovechamiento de incentivos públicos.

El equipo de consultores de AROSA I+D está especializado en la búsqueda y gestión de incentivos públicos; subvenciones, financiación pública, incentivos fiscales a la I+D+i,… para que las organizaciones puedan afrontar el desarrollo de nuevos proyectos y/o inversiones en mejores condiciones.

Nuestra formula de éxito se basa en los siguientes pilares:

  • Un equipo de profesionales altamente experimentado, y gran conocimiento del entorno de trabajo.
  • Un buen análisis de partida, e identificación de objetivos realistas con el cliente.
  • La cercanía y el seguimiento al cliente.
  • 23 años de experiencia especializada.
  • Formula de honorarios ligados al éxito en la obtención de resultados.

Los trabajos de consultoría habitualmente desarrollados por el equipo de AROSA I+D contemplan las siguientes fases:

  1. Análisis previo. El equipo de desarrollo de negocio, y/o el equipo técnico de AROSA I+D analizan las necesidades del cliente, y sus previsiones de desarrollo a corto y medio plazo. En el caso de que surja la oportunidad, se buscan sinergias con la RED AROSA I+D * para identificar socios tecnológicos y/industriales , o financieros.
  2. Identificación de un Plan de acción, identificando las mejores alternativas y programando en el tiempo las actuaciones a desarrollar para conseguir los objetivos previstos. Estas alternativas pueden ser:
    • Búsqueda de consorcios de colaboración.
    • Identificación de las convocatorias de ayuda pública; subvención y /o financiación pública.
    • Identificación de los incentivos fiscales de interés; deducciones fiscales a la I+D+i, bonificaciones de la Seguridad Social por el personal investigador, Patent Box por la cesión de activos intangibles.
    • Propuestas de Mecenazgo privado (Tax Equity), con la búsqueda de grupos de inversión interesados en financiar tu actividad innovadora.
  3. Recopilación de información. Una vez identificados los incentivos que son de interés para las empresas, el equipo de técnicos de AROSA I+D comienza a recopilar la información administrativa, técnica y económica asociada a la empresa y al proyecto.
  4. Preparación y presentación de las solicitudes de ayuda. El equipo de técnicos y administrativos de AROSA I+D dan forma a la información recopilada para poder presentar de forma correcta la solicitud de ayuda en el plazo establecido.
  5. Coordinación y Seguimiento . Una vez aprobada la ayuda o expediente presentado, será el equipo técnico de AROSA I+D el que trabaje junto con el /los cliente/s para establecer el plan de coordinación de seguimiento y justificación de la ayuda.
  6. Justificación. El equipo de AROSA I+D participa activamente en la preparación de la justificación de cada uno de los hitos que se establezcan.
  7. Justificación de incentivos fiscales. En los casos en los que sea viable, el equipo de AROSA I+D justifica las deducciones fiscales a la I+D+i del proyecto. Elabora los informes justificativos que califican la naturaleza del proyecto, y el gasto asociado a los proyectos, y en su caso tramita la certificación del proyecto y la obtención del Informe Motivado vinculante para la AEAT.

*La RED AROSA I+D está formada por empresas clientes, centros tecnológicos y de investigación, departamentos de Universidades, empresas industriales y empresas de base tecnológica, expertos y personal de otras entidades que aportan sinergias y nos ayudan a la dinamización de la innovación.

Contacta con nosotros a través del ✉ contacto@arosaid.com , o por teléfono al ☎ +34 91 5335274 y te ayudaremos a establecer tu estrategia para la obtención de incentivos públicos para tu organización.

Publicada la convocatoria del PERTE Agroalimentario

El 29 de diciembre se ha publicado la convocatoria de ayudas del PERTE Agroalimentario (industria alimentaria), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BENEFICIARIOS:

Consorcios del sector de la industria agroalimentaria con una combinación, como mínimo, de cuatro entidades jurídicas diferenciadas. El número máximo de participantes por agrupación no podrá exceder de sesenta entidades.

En el consorcio al menos una será una gran empresa, y además deberá estar integrada por un mínimo de tres pequeñas y medianas empresas (en adelante PYMES). Alternativamente también serán válidas aquellas agrupaciones constituidas únicamente por PYMES siempre que dos de ellas sean medianas empresas.

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas entidades que incumplan los plazos de pago a los que se refiere el artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

TIPO DE PROYECTOS.

La convocatoria modifica la orden de bases anteriormente publicada, con el objetivo de flexibilizar algunos requisitos, así como de favorecer la participación del tejido agroindustrial en este programa.

Cada agrupación podrá presentar un único proyecto tractor, que estará conformado por un conjunto de proyectos primarios individuales y en cooperación, a través de los cuales se cubren las actuaciones definidas en los bloques de competitividad, trazabilidad y seguridad alimentaria.

Todos los primarios se deberán de encuadrar a su vez en algunas de las tipologías de proyectos de las líneas de investigación, desarrollo e innovación, así como de innovación en protección al medio ambiente y eficiencia energética que se definen en las bases reguladoras.

Se podrá subcontratar con terceros hasta el 70 por ciento de cada uno de los proyectos denominados primarios

TIPO DE AYUDA

El tipo de interés de los prestamos será el 0%, y se otorgan con un plazo de amortización de 10 años con 3 años de carencia.

El desembolso de la ayuda se efectuará previo a la ejecución de los proyectos, una vez se haya resuelto la convocatoria y previa constitución de las garantías correspondientes.

El presupuesto financiable mínimo será de 10 millones de euros por proyecto tractor.

GARANTÍAS

La convocatoria establece unas garantías, para la ayuda en forma de subvención, que varían del 40% al 100% en función de la ayuda que reciba cada entidad respecto de la ayuda total otorgada al proyecto tractor.

En el caso de la ayuda en forma de préstamo, las garantías que se exigirán dependerán de la calificación financiera establecida, y podrán variar del 10% hasta el 20%.

Para las entidades de nueva creación se exigirán unas garantías del 100% del importe de la ayuda en forma de subvención y del 41% del importe de la ayuda en forma de préstamo.

PLAZOS:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 23 de enero y finalizará el 28 de febrero de 2023.

Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético hibridado.

Primera convocatoria de ayudas para proyectos innovadores de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables.

Esta es una nueva convocatoria dentro  del PERTE ERHA.

El día 18 de enero de 2023 se abrirá el plazo de presentación de solicitudes. Este plazo finalizará a las 12:00 horas del día 20 de marzo de 2023

Esta convocatoria tiene como finalidad impulsar el despliegue del almacenamiento energético, contribuyendo a la transición energética y, en concreto, a proporcionar una nueva flexibilidad al sector energético, aumentando la integración de las energías renovables. Entre otros objetivos, se aspira a alcanzar una potencia de almacenamiento de 20 GW a 2030.

La Convocatoria destinará 150.000.000 € de ayuda a proyectos de almacenamiento energético, de los que se destinarán 20.000.000€ y 6.000.000€ a proyectos ubicados en los archipiélagos canario y balear, respectivamente. En ellos se deberán incluir, además, medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que se implanten las instalaciones.

Serán elegibles los proyectos de almacenamiento energético que se hibriden con instalaciones de generación de energía a partir de fuentes renovables, sean de nueva construcción o existentes. 

Los proyectos deberán tener un tamaño mínimo, que se materialice en una potencia mínima de 1 MW o una capacidad de almacenamiento de 1 MWh, además de una duración de, al menos, 2 horas. 

La potencia de almacenamiento de la instalación deberá estar dimensionada para ser, al menos, un 40% de la potencia de generación de la planta de generación renovable con la que se hibrida (expresada en MW/MW).

Los valores de potencia se medirán en términos nominales. Los proyectos no podrán superar la ratio de 1 MW de potencia del sistema de almacenamiento por 1 MW de potencia de la instalación de producción de energía renovable con la que se encuentre hibridada.

No será posible hibridar el sistema de almacenamiento con tecnologías no renovables, pudiendo utilizarse cualquier tecnología de almacenamiento que sea susceptible de ser incorporada a la red eléctrica, a excepción del almacenamiento de hidrógeno. En ningún caso será elegible un almacenamiento ubicado fuera del territorio nacional, ni un almacenamiento virtual, debiendo el almacenamiento formar parte de la instalación.

Los proyectos cuyas actuaciones se desarrollen en los archipiélagos deberán incluir medidas complementarias de mejora o de recuperación ambiental del entorno en el que están implantadas las instalaciones y en el caso particular de las instalaciones eólicas, será necesaria la incorporación de sistemas de detección de aves y quirópteros.

La convocatoria será tecnológicamente neutra; cualquier tecnología será elegible, sin perjuicio de la exclusión de los proyectos de almacenamiento de hidrógeno, así como que cumpla el resto de condiciones de la convocatoria.

Las ayudas en forma de subvención estarán entre el 40% y el 65%, en función de la tipología de proyecto y de empresa beneficiaria.

Se establece una ayuda máxima por empresa y proyecto de 15.000.000€. Por otra parte, se limita la ayuda máxima que puede percibir una sola entidad beneficiaria en los proyectos adjudicados en toda la primera convocatoria, estableciéndose una ayuda máxima por beneficiario de 37.500.000€.

Las ayudas se concederán como una subvención a fondo perdido que el IDAE podrá adelantar al beneficiario que así lo solicite mediante un anticipo del 80% de la ayuda otorgada, al objeto de facilitar la financiación de los proyectos.

Convocatoria del PERTE Naval

Se ha convocado las ayudas del PERTE NAVAL.

Sus objetivos son financiar actividades para:

  • la transformación de la cadena de valor industrial naval mediante su diversificación hacia las energías renovables marinas,
  • la digitalización de su cadena de valor,
  • el incremento de su sostenibilidad ambiental,

así como la mejora de la formación y capacitación de los empleados.

Por tanto la tipología de proyectos que se pueden financiar son los siguientes:

  • Diversificación (innovación en la cadena de valor),
  • Digitalización (transformación digital de la cadena)
  • Sostenibilidad (economía circular, eficiencia energética y mejora medioambiental).

Además, se tiene que presentar un plan transversal de formación y reciclaje profesional.

Dotación presupuestaria: La convocatoria tiene una dotación presupuestaria de 310 millones de euros correspondientes al PERTE Naval, y se espera que se movilicen una inversión total de unos 1.460 millones de euros (público+privado).

Plazo de solicitud: El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 18 de enero de 2023 y finalizará el día 28 de febrero de 2023.

Gobernanza: Este PERTE es gestionado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, con fondos Next Gen EU

PERTE de descarbonización industrial

El Gobierno aprobó el 27 de diciembre 2022 el PERTE descarbonización industrial. Está pendiente la publicación de las convocatorias de ayudas que lo ejecuten.

El PERTE se basa en cuatro medidas transformadoras para la descarbonización, que incluye:

  • 1. AYUDAS DE ACTUACIÓN INTEGRAL PARA LA DESCARBONIZACIÓN:
  • Ayudas a la descarbonización de fuentes de energía con la electrificación de procesos y la incorporación de hidrógeno.
  • Gestión energética integral de procesos industriales.
  • Reducción del uso de recursos naturales.
    • La captura de carbono.
    • 2. AYUDAS A EMPRESAS MANUFACTURERAS PARTICIPANTES EN EL IPCEI SOBRE LA CADENA INDUSTRIAL DEL HIDRÓGENO DE ORIGEN RENOVABLE.
  • 3. ESTUDIO Y EVALUACION DEL DESARROLLO DE UN FONDO DE APOYO A LOS CONTRATOS POR DIFERENCIAS DE CARBONO Y REALIZACIÓN DEL PROYECTO PILOTO.
  • 4. LÍNEA DE APOYO PARA EL DESARROLLO DE NUEVAS INSTALACIONES MANUFACTURERAS ALTAMENTE EFICIENTES Y DESCARBONIZADAS.

Este PERTE tendrá los siguientes objetivos:

  1. Descarbonización de los procesos de producción, permitiendo la viabilidad de las industrias en el medio y largo plazo.
  2. Mejora de la eficiencia energética, mediante la incorporación en las industrias de las mejores tecnologías disponibles e implantación de sistemas de gestión energética.
  3. Mejorar la competitividad del sector manufacturero. La industria manufacturera deberá hacer frente a un importante reto de reducción de emisiones y, para seguir siendo competitiva, será imprescindible apoyar las inversiones en descarbonización.
  4. Promover la seguridad energética de España. La industria manufacturera es responsable del 30% del consumo de gas natural en España (del 59% si se excluye la generación de electricidad), por lo que la disminución de este consumo será fundamental para garantizar la seguridad energética de España.
  5. Fomentar el uso de energías renovables. De esta manera será posible reducir las emisiones a la vez que se contribuirá a reducir la dependencia de los combustibles fósiles.
  6. Fomentar la mejora del medioambiente apoyando la utilización de los subproductos y la valorización de los residuos para integrarlos en otros procesos y así reducir el impacto medioambiental de los productos a lo largo de su ciclo de vida.
  7. Creación de empleo de alto valor añadido. La descarbonización de la industria estará acompañada por una mayor formación de los profesionales que tendrán las capacidades necesarias para poder implementar las tecnologías menos contaminantes.

Los beneficiarios de este PERTE son los sectores de la industria manufacturera entre los que destacan los sectores de fabricación de productos minerales no metálicos (incluyendo cerámica, cemento, vidrio, entre otros), industria química, refino de petróleo, metalurgia y fabricación de papel y pasta de papel.

A estas se suman las grandes instalaciones de combustión en otros sectores, con especial relevancia en la industria de alimentación y bebidas.

Ayuda movilizada: Se prevé un inversión pública de 3.100 M €, con la intención de movilizar un total de 11.800 M€ de inversión total (pública +privada). El reparto por cada una de las línea será:

  • La financiación vinculada a la línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera del PERTE descarbonización industrial será de 2.300 millones de euros, de los cuales 800 millones tendrán la forma de subvención y 1.500 millones se articularán en forma de préstamo, a ejecutar desde el año 2023 en adelante.
  • La financiación de la línea de ayudas a empresas participantes den el IPCEI de Hidrógeno será de 450 M€ en forma de subvención, a ejecutar en 2013.
  • La financiación vinculada al estudio del fondo de apoyo a los contratos por diferencias de carbono, y realización de un proyecto piloto será de 100 M€.
  • La financiación vinculada al desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas consistirá en 150M € en forma de subvención, más 100ÇM€ en préstamos.

Gobernanza del PERTE: Será el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo el organismo responsable de la gestión de dicho PERTE.

Ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Orden TED/1204/2022, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para el programa de concesión de ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Publicadas la Orden de Bases del Programa de  ayudas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayo e infraestructuras portuarias para renovables marinas.

Tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas  por un importe total de 200 millones de euros, destinadas a la inversión en proyectos piloto y plataformas de ensayos e infraestructuras portuarias para renovables marinas, tanto en el dominio público marítimo-terrestre español como en las aguas portuarias españolas.

Los subprogramas en los que se organizan las actividades son los siguientes: 

Subprograma 1: plataformas de ensayos para renovables marinas por organismos de investigación. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «Plataforma de ensayo por organismo de investigación».

Subprograma 2: otras plataformas de ensayos para renovables marinas. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «Plataforma de ensayo».

Subprograma 3: demostradores tecnológicos renovables marinos. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «demostrador».

Subprograma 4: proyectos conjuntos de plataformas de ensayos y demostradores tecnológicos renovables marinos. La denominación de dichas instalaciones a efectos de estas bases reguladoras será «plataforma con demostrador».

Esta convocatoria se enmarca dentro de las líneas previstas en el PERTE sobre Energías Renovables, Hidrógeno Renovable y Almacenamiento (ERHA).

Ley Crea y Crece: lucha contra la morosidad.

La Ley Crea y Crece pretende agilizar la creación de empresas, reducir la morosidad comercial y facilitar el acceso a la financiación de las sociedades, con reformas destinadas a impulsar el emprendimiento.

Subvenciones

Se modifica la Ley  General de Subvenciones para establecer como requisito de acceso a subvenciones superiores a € 30.000,  acreditar el cumplimiento de los plazos de la Ley de Morosidad.

Las sociedades que presenten cuentas anuales abreviadas deberán acreditarlo con declaración responsable ante el órgano concedente de la subvención.

Las sociedades que no presenten cuentas anuales abreviadas deberán acreditarlo con certificación de auditor, que efectuará sus cálculos atendiendo al plazo efectivo de los pagos del deudor “con independencia de cualquier financiación para el cobro anticipado” del acreedor (expresión que parece referirse al confirming como sistema de gestión de pagos).

La Ley Crea y Crece pretende agilizar la creación de empresas, reducir la morosidad comercial y facilitar el acceso a la financiación de las sociedades, con reformas destinadas a impulsar el emprendimiento.

Las empresas que opten a ayudas públicas deben de tener en consideración el cumplimiento de este requisito relativo al pago de facturas en el plazo establecido, puesto que su incumplimiento es excluyente para la obtención del incentivo público.

Ley 18/2022,  de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (la llamada «Ley Crea y Crece”) que entró en vigor, con carácter general, el 19 de octubre 2022.

Ley de Morosidad.  -Ley Crea y Crece. Cumplimiento de los plazos de pago de facturas para la obtención de ayudas públicas.

Mayor información en cuentas anuales

Además de informar en la memoria de las cuentas anuales sobre el período medio de pago a proveedores (obligación que todas las sociedades tienen actualmente), para mayor transparencia se añade que las sociedades cotizadas, y  las no cotizadas que no presenten cuentas anuales abreviadas, deberán también informar en la memoria (y  en su página web -las no cotizadas, si la tienen-) del volumen y número de facturas pagadas sin superar los plazos de la normativa de morosidad, y porcentaje del total que representan.

Convocatoria 2022 de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás dotada con 150 mill. €

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD o MITECO) ya ha publicado las BASES y abrirá proximamente la primera convocatoria de ayudas para proyectos singulares de instalaciones de generación de biogás.

Ámbito: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Gestión: IDAE
Publicación: Orden TED/706/2022, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Vigencia del Programa: Hasta el 30.06.2026
Fecha de publicación: BOE 26.07.2022 BOE 03.08.2022

Plazo de solicitudes: A determinar en las convocatorias.
Ya se ha avanzado que la 1ª convocatoria será a finales de septiembre 2022, con solcitudes hasta principio de noviembre 2022.

Objeto: Proyectos singulares de instalaciones de biogás producido a través de digestión anaerobia a través de los programas de incentivos
Los proyectos deberán conseguir una diversificación energética en base a energías renovables y como consecuencia de ello una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO2 y metano.

Proyectos subvencionables:
a) Realización de instalaciones de producción de biogás con las materias primas incluidas en cada convocatoria, mediante digestión anaerobia siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano.
b) Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado a), se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético.
c) Realización de instalaciones para tratamiento del digerido
Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65% en el caso de producir biometano para uso en transporte.

Beneficiarios: Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España.

1.º Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia.

2.º Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.

3.º Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluidas las cooperativas. En caso de no contar con personalidad jurídica propia.

4.º Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente.

5.º Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

6.º Las empresas que realicen proyectos elegibles, incluyendo las explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía y/o medioambiente.

7.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs)


Programa de incentivos 1 está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, tanto individualmente como en consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. El consorcio o la agrupación empresarial deberá contar con, al menos, un participante que realice alguna actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
Programa de incentivos 2 está dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos, personas jurídicas públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica.

Dotación: 75Mill.€ 2022
Tipo de ayuda: Subvención

Intensidad de la ayuda:

Intensidad de la ayuda del Programa de Incentivos a proyectos de instalación de BIOGÁS de MITECO-IDAE

Ayudas adicionales acumulables:
i. Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%.
ii. Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:
Mediana empresa: 10%.
Pequeña empresa: 20%.

Las convocatorias podrán fijar un límite mínimo y máximo de ayuda por proyecto y beneficiario/a, así como una inversión mínima y máxima por proyecto, y asignar presupuestos máximos según los criterios que se recojan en la misma.

Duración del proyecto:
En los plazos que se indiquen en las convocatorias, y como máximo el 15 de diciembre de 2025.
Gastos Subvencionables:
A determinar en las convocatorias
Otros datos:
Pago tras la justificación.
Posible anticipo, previa aportación de avales.
Bases reguladoras:
Orden TED/706/2022, de 21 de julio (BOE 26.07.2022)
Fondos Europeos: Next Generation EU

Calendario descargable en Excel de próximas Convocatorias previstas para el 2º semestre 2022 del PRTR con Fondos NextGenEU

En AROSA I+D hemos tratado en Excel el calendario del 2º semestre 2022 de ayudas del Plan de Recuperación PRTR con Fondos Next Generation EU para que pueda “filtrar” las líneas/temáticas de su interés. Son casi 300 actuaciones de las Transición Verde, Digitalización, INDUSTRIA Y PYME, Empleo, I + D + i, etc. con más de 11 mil millones € de presupuesto.

El principal instrumento de distribución de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia son las subvenciones y licitaciones.

Entre las convocatorias previstas en el 2ºsemestre de 2022, que incluyen las publicadas por la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas (que reciben transferencias de los fondos europeos NextGenerationEU para los distintos objetivos acordados en las conferencias sectoriales), destacamos:

  • PERTE Naval. Ayudas a la diversificación del sector naval (cadena de valor) hacia nuevos productos, su digitalización, la mejora de su sostenibilidad medioambiental y la capacitación. Dotación 170 mill€
  • PERTE Agroalimentario: Ayudas para la mejora de la competitividad, la sostenibilidad y la trazabilidad de la industria agroalimentaria y de la seguridad alimentaria. Dotación 400 mill.€.
  • PERTE Economía Circular: Ayudas para el fomento de la economía circular en el ámbito de la empresa, por un importe de 200 mill.€.
  • BIOGÁS: Programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de generación de biogás. Dotación 150 mill.€