Bonificaciones por personal
investigador: qué son y cómo aplicarlas
Con el objetivo de impulsar la innovación y la contratación de personal investigador, la administración pública facilita a la empresa española la aplicación de un incentivo a la I+D+i, adicional a las potentes Deducciones Fiscales. Consiste en una Bonificación en las cuotas pagadas por la empresa a la Seguridad Social por su personal investigador, regulada por el real decreto RD 475/2014.
Supone un ahorro del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes (28,30% en 2019) de los trabajadores con dedicación exclusiva a actividades I+D+i.
Requisitos para la
aplicación de las Bonificaciones
La empresa podrá aplicarse la bonificación sobre las cuotas por contingencias comunes de sus trabajadores siempre que se cumplan unos requisitos:
- GRUPOS DE
COTIZACIÓN: Los trabajadores elegibles deben estar incluidos en los GRUPOS de cotización 1, 2, 3 y 4 del Régimen General
de la Seguridad Social.
No se recomienda su aplicación al personal con tipo de ocupación “A” (trabajadores exclusivos “de oficina”). - EXCLUSIVIDAD: Los trabajadores deben contar con una dedicación de
carácter EXCLUSIVO y por la TOTALIDAD de su tiempo de trabajo a actividades de I+D+i (Investigación
y Desarrollo e innovación tecnológica).
Se permite una desviación de hasta un 15% del tiempo a actividades de formación y divulgación ligadas a las actividades de I+D+i. - CONTRATO: Se
puede aplicar desde el momento de la contratación del trabajador siempre que su
CONTRATO sea de carácter indefinido, en prácticas o por obra o servicio
determinado.
En el caso del contrato por obra o servicio, este deberá tener una duración mínima de tres meses. - COMPATIBILIDAD:
Se establece una total COMPATIBILIDAD con las deducciones fiscales por
I+D+i para un mismo trabajador siempre que se cuente con el sello de “Pyme
Innovadora“.
En el resto de empresas, la compatibilidad existe siempre y cuando no se apliquen los dos incentivos sobre la misma persona.
En AROSA I+D ayudamos a nuestros clientes/socios en la gestión y tramitación de la obtención del Sello de Pyme Innovadora, además de analizar la exclusividad de los trabajadores/investigadores, así como estudiar la aplicación de los diferentes incentivos con el fin de optimizar la compatibilización de Bonificaciones y Deducciones Fiscales de las empresas clientes.
Formas de aplicación de las
Bonificaciones
Existen dos formas de aplicar las bonificaciones por el personal investigador:
- Para aquellas empresas que se apliquen la bonificación sobre menos de 10 personas, no es necesaria la solicitud de un Informe Motivado Vinculante.
En este supuesto, en AROSA I+D realizamos un primer análisis del personal y preseleccionamos aquellos de mejor aplicabilidad, y analizamos y documentamos los proyectos y actividades de I+D+i del personal identificado y generamos un informe justificativo de soporte ante posibles inspecciones de Trabajo. - Para aquellas otras empresas donde se puedan aplicar las bonificaciones en las cuotas a 10 o más personas investigadoras se deberá solicitar un Informe Motivado Vinculante (IMV), que emite el MICINN (Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades).
Para este supuesto, en AROSA I+D realizamos también un análisis preliminar del personal inicialmente susceptible de aplicación, preseleccionamos aquellos que sean idóneos, y analizamos y documentamos los proyectos y actividades de I+D+i del personal identificado y gestionamos la certificación del personal ante una Entidad Acreditada ENAC, preparando y prestando nuestro apoyo en las auditorías económicas y técnicas, encargándonos de solicitar y presentar el IMV del Ministerio.
En AROSA I+D estudiamos el caso de cada empresa, ofreciendo un servicio de asesoramiento personalizado para optimizar la aplicación del incentivo.
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