Convocatoria 2022 de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás dotada con 150 mill. €

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD o MITECO) ya ha publicado las BASES y abrirá proximamente la primera convocatoria de ayudas para proyectos singulares de instalaciones de generación de biogás.

Ámbito: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Gestión: IDAE
Publicación: Orden TED/706/2022, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras y programas de incentivos para la concesión de ayudas a proyectos singulares de instalaciones de biogás, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Vigencia del Programa: Hasta el 30.06.2026
Fecha de publicación: BOE 26.07.2022 BOE 03.08.2022

Plazo de solicitudes: A determinar en las convocatorias.
Ya se ha avanzado que la 1ª convocatoria será a finales de septiembre 2022, con solcitudes hasta principio de noviembre 2022.

Objeto: Proyectos singulares de instalaciones de biogás producido a través de digestión anaerobia a través de los programas de incentivos
Los proyectos deberán conseguir una diversificación energética en base a energías renovables y como consecuencia de ello una menor dependencia energética de combustibles fósiles y la disminución de las emisiones de CO2 y metano.

Proyectos subvencionables:
a) Realización de instalaciones de producción de biogás con las materias primas incluidas en cada convocatoria, mediante digestión anaerobia siempre que se produzca un aprovechamiento energético del mismo o se use para la producción de biometano.
b) Realización de instalaciones para que a partir de biogás se lleve a cabo producción de calor/frio, generación de energía eléctrica, cogeneración de alta eficiencia o, a partir de biogás de nueva generación incluyendo por tanto el apartado a), se lleve a cabo su depuración hasta biometano para uso en transporte, inyección a red, usos térmicos distintos del transporte, para su uso en cogeneración eléctrica de alta eficiencia o para su transformación en otros productos con destino energético.
c) Realización de instalaciones para tratamiento del digerido
Las instalaciones deberán lograr una reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero de al menos un 80% en el caso de producir electricidad o calor, e igual o superior al 65% en el caso de producir biometano para uso en transporte.

Beneficiarios: Cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España.

1.º Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia.

2.º Universidades y centros privados de investigación y desarrollo, con personalidad jurídica propia.

3.º Consorcios y agrupaciones empresariales con o sin personalidad jurídica propia que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, incluidas las cooperativas. En caso de no contar con personalidad jurídica propia.

4.º Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o equivalente.

5.º Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

6.º Las empresas que realicen proyectos elegibles, incluyendo las explotadoras, arrendatarias o concesionarias de actuaciones en el ámbito de la energía y/o medioambiente.

7.º Las empresas de servicios energéticos (ESEs)


Programa de incentivos 1 está dirigido a los beneficiarios/as que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, tanto individualmente como en consorcios o agrupaciones empresariales de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con o sin personalidad jurídica propia. El consorcio o la agrupación empresarial deberá contar con, al menos, un participante que realice alguna actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado.
Programa de incentivos 2 está dirigido a beneficiarios/as que no realicen actividades económicas por las que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo entre los mismos, personas jurídicas públicas que cumplan con los requisitos establecidos por la Comisión Europea para ser entidades no generadoras de actividad económica.

Dotación: 75Mill.€ 2022
Tipo de ayuda: Subvención

Intensidad de la ayuda:

Intensidad de la ayuda del Programa de Incentivos a proyectos de instalación de BIOGÁS de MITECO-IDAE

Ayudas adicionales acumulables:
i. Ayuda Adicional por proyectos ubicados en zonas de reto demográfico y/o zonas de transición justa: 5%.
ii. Ayuda Adicional por el tamaño de empresa:
Mediana empresa: 10%.
Pequeña empresa: 20%.

Las convocatorias podrán fijar un límite mínimo y máximo de ayuda por proyecto y beneficiario/a, así como una inversión mínima y máxima por proyecto, y asignar presupuestos máximos según los criterios que se recojan en la misma.

Duración del proyecto:
En los plazos que se indiquen en las convocatorias, y como máximo el 15 de diciembre de 2025.
Gastos Subvencionables:
A determinar en las convocatorias
Otros datos:
Pago tras la justificación.
Posible anticipo, previa aportación de avales.
Bases reguladoras:
Orden TED/706/2022, de 21 de julio (BOE 26.07.2022)
Fondos Europeos: Next Generation EU