
Ámbito | MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO (MINCOTUR) |
Publicación | Orden ICT/713/2021, de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a proyectos de I+D+i en el ámbito de la industria conectada 4.0. (Activa_Financiación). |
Fecha publicación | BOE 6.07.2021 |
Plazo solicitudes | PENDIENTE DE CONVOCATORIA – Concurrencia competitiva. Modalidad de convocatorias: a) Convocatorias anuales, con plazo de presentación de solicitudes definido y determinado, y con un procedimiento único de evaluación y resolución. b) Convocatoria abierta, de carácter anual, con un calendario que especifique varios plazos de presentación de solicitudes a los que se corresponderán varios procedimientos de evaluación y selección. |
Objeto | Proyectos de investigación y desarrollo, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos que contribuyan a la transformación digital de las empresas industriales y a la mejora de su sostenibilidad ambiental como consecuencia de su digitalización. |
Beneficiarios | Las sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial y que no formen parte del sector público. Grandes empresas – solo en colaboración efectiva con una Pyme (mínimo 30% del pto.), en proyectos de innovación |
Sectores de actividad (CNAE 2009) | a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C-Divisiones 10 a 32. b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de la limpieza de suelos), R6, R7, R8, R9, R11 y R12 (con exclusión del desmontaje, la clasificación, el secado, el acondicionamiento, el reenvasado, la combinación o la mezcla). c) Actividades complementarias a la producción industrial. — si se llevan a cabo mayoritariamente como servicios de apoyo a empresas manufactureras (incluidas en las CNAE 10 a 32) en sus procesos de producción industrial: i. Actividades de envasado y empaquetado a escala industrial – CNAE 82.92, con excepción de las actividades de embalaje de paquetes y la envoltura de regalos; ii. Actividades de depósito y almacenamiento a escala industrial – CNAE 52.10, a excepción de los servicios de digitalización y almacenamiento de archivos y documentos; iii. Actividades de reparación a escala industrial de maquinaria y equipo – división 33 de la sección C de la CNAE, siempre y sólo cuando se proporcionen dichos servicios directamente a la industria manufacturera (actividades incluidas en las CNAE 10 a 32), a alguna de las actividades encuadradas en la CNAE 35 (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado), o a las actividades de tratamiento de aguas para uso industrial o de desalinización de agua de mar o aguas subterráneas para obtener agua como producto principal, encuadradas en la CNAE 36; a excepción de las actividades de reparación y el mantenimiento de armas de fuego y munición (incluida la reparación de armas para actividades deportivas y recreativas), reparación y el mantenimiento de carros de supermercado, reparación de extintores, reparación y mantenimiento de tractores agrícolas, reparación y mantenimiento de maquinaria agropecuaria y forestal, máquinas expendedoras automáticas, cajas registradoras, fotocopiadoras, reparación de calculadoras, electrónicas o no, reparación de máquinas de escribir, reparación de equipos de radiación, electromédicos y electroterapéuticos, de equipos e instrumentos ópticos, reparación y mantenimiento de equipos de alumbrado eléctrico y reparación y mantenimiento de dispositivos de cableado portador o no de corriente para circuitos eléctricos. También quedan excluidas las actividades encuadradas en las CNAE 33.19 y 33.20. d) Actividades de servicios a la industria: i. Diseño industrial: actividades de ingeniería y diseño de maquinaria, materiales, procesos industriales y plantas industriales, encuadradas en las CNAE 71.12; ii. ensayos y análisis técnicos encuadrados en la CNAE 71.20, con excepción de (i) la explotación de laboratorios policiales, (ii) el análisis arqueobotánico, (iii) la inspección de tuberías petrolíferas, (iv) la certificación de productos, incluidos bienes de consumo, vehículos motorizados, aeronaves, contenedores presurizados, plantas nucleares, (v) la inspección técnica de vehículos, (vi) las pruebas de composición y pureza de los minerales o (vii) las pruebas y medición de los indicadores medioambientales: contaminación del aire y del agua. |
Líneas de Actuaciones subvencionables | 1. Activa-Pymes: Proyectos realizados por pequeñas y medianas empresas. 2. Activa-Grandes implementaciones: Proyectos realizados por cualquier tipo de sociedades que puedan ser beneficiarias. |
Prioridades temáticas. | 1. Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa. 2. Soluciones para el tratamiento avanzado de datos. 3. Soluciones de inteligencia artificial. 4. Proyectos de simulación industrial. 5. Diseño y fabricación aditiva. 6. Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial. 7. Robótica colaborativa y cognitiva. 8. Sensórica. |
Dotación | A DETERMINAR EN LAS CONVOCATORIAS |
Tipos de proyectos | a) Investigación industrial. b) Proyectos de desarrollo experimental. c) Proyectos de innovación en materia de organización. d) Proyectos de innovación en materia de procesos. e) Proyectos de validación preliminar- solo línea Activa-PYME. |
Tipo de ayuda | Préstamos o una combinación de préstamos y subvenciones. |

Intensidad máxima de ayuda | Financiación total (subvención +préstamo)- máximo del 80 % sobre el presupuesto financiable. Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención bruta equivalente. |
Intensidad máxima de ayuda | Subvención máxima: – Pequeña empresa – 50% del presupuesto financiable. – Mediana empresa – 20% del presupuesto financiable. – Gran empresa – 5% del presupuesto financiable. Límites máximos de cuantía: a) Línea Activa-Grandes implementaciones: i. Proyectos predominantemente de investigación industrial — 20.000.000 €/empresa y proyecto. Proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una empresa común– 40.000.000 €/empresa y proyecto. ii. Proyectos predominantemente de desarrollo experimental — 15.000.000 €/empresa y proyecto. Proyecto Eureka o de un proyecto ejecutado por una empresa común – 30.000.000 €/empresa y proyecto. iii. Proyectos de innovación en materia de organización y procesos– 7.500.000 €/empresa y proyecto. b) Línea Activa-Pymes — 200.000 €/empresa durante el período de 3 ejercicios fiscales.—R. minimis |
Características de los préstamos | a) Importe del préstamo: estará acotado de acuerdo con los siguientes límites: 1. El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la DGIPYME no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado; 2. El importe del préstamo a conceder no podrá superar la cifra de negocios media en los dos últimos ejercicios cerrados. b) Plazo de amortización: 1. Activa-PYME— 5 años, con 2 de carencia (2+3); 2. Activa-Grandes Implementaciones — 10 años, con 3 de carencia (+7). c) Tipo de interés de aplicación: se establecerá en las correspondientes convocatorias. d) El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia. |
Presupuesto del proyecto | A DETERMINAR EN LAS CONVOCATORIAS |
Duración del proyecto | Desde la solicitud hasta un máximo de 24 meses contados desde la fecha de resolución de la concesión. |
Gastos Subvencionables | Línea Activa-Pymes a) Aparatos y equipos de producción — adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como la adquisición de software específico de soluciones de hibridación o conectividad digital de los procesos de producción. — excluidos los elementos de transporte exterior. b) Infraestructura hardware — adquisición de equipos que no están directamente vinculados con la producción, pero que resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado. c) Gastos de colaboraciones externas exclusivamente derivadas del proyecto, así como otros gastos ocasionados por la prestación de servicios TIC avanzados, consultoría para el diseño o rediseño de procesos, y la adquisición de patentes que contribuyan a la ejecución del proyecto. — excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada. d) Para los proyectos de validación preliminar — gastos de amortización del instrumental y los equipos indispensables para el desarrollo del proyecto. e) Para los proyectos de validación preliminar — gastos de alquiler del equipamiento que sea indispensable para la realización de pruebas de concepto y desarrollos iniciales. En los casos de renting y/o leasing, no serán financiables los gastos financieros asociados. Línea Activa-Grandes Implementaciones a) Costes de personal. — investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral, personal autónomo socio de la empresa y personal autónomo económicamente dependiente. b) Costes de instrumental y material inventariable. — los gastos de amortización de ese instrumental o material inventariable. – Máximo el 60 % del presupuesto financiable. c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia. — gastos de colaboración externa exclusivamente derivados del proyecto, así como otros gastos ocasionados por la prestación de servicios TIC, consultoría para el diseño o rediseño de productos o servicios derivados del proyecto por parte de terceros, y la adquisición de patentes que contribuyan a la ejecución del proyecto. — excluida cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada. |
Otros datos | Presentación de garantías—a determinar % en la convocatoria. Para proyectos de I+D, será necesario aportar un informe de calificación de las actividades del proyecto emitido por una entidad de certificación acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC). El informe determinará la naturaleza tecnológica de las actividades del proyecto |
Bases | Orden ICT/713/2021, de 29 de junio (BOE 6.07.2021) |
Fondos Europeos | MRR |
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