
Convocatoria CDTI-NEOTEC 2021 dotada con un incremento de presupuesto de un 46% respecto a 2020.
🚀 NEOTEC_2021 nueva convocatoria del CDTI programa NEOTEC para empresas de base tecnológica (EBTs).
Las EBTs son empresas cuya actividad se centra en la explotación de productos o servicios que requieren el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora.
Las EBTs basan su estrategia de negocio en el dominio intensivo del conocimiento científico y técnico.
El objetivo del programa NEOTEC es fomentar la tecnología y la innovación como factores competitivos para el desarrollo de las empresas.
La convocatoria financiará nuevos proyectos empresariales procedentes de pequeñas empresas innovadoras que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología propia.
PROGRAMA NEOTEC – 2021 | |
Ámbito | MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN – CDTI |
Publicación | Resolución de 7 de mayo de 2021 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2021 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial. |
Fecha de publicación | BOE 14.05.2021 |
Plazo de solicitudes | Del 15.05.2021 hasta el 08.07.2021, hasta las 12.00h. |
Objeto | Ayudas para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras. Se financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio a 5 años se base en el desarrollo de tecnología. Se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento. Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Se excluyen: – los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. – aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología ni – las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente (principio DNSH), – las dirigidas a aumentar la eficiencia de los combustibles fósiles. |
Beneficiarios | Pequeña empresa innovadoras (con menos de 50 personas y un volumen de negocios anual o balance general anual no supera los 10 M €). Será innovadora si: a) Puede demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial. El experto externo deberá pertenecer a: – un Organismo Público de Investigación; – una universidad pública, privada o a sus institutos universitarios; – un centro tecnológico o centro de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, inscrito en el registro. O b) Tiene unos costes de I+D mínimos del 10 % del total de sus costes de explotación durante al menos 1 de los 3 años previos a la concesión de la ayuda. *empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso. – se exigirá la certificación de un auditor externo que lo acredite. 1. No deberán estar cotizadas; 2. Constituidas entre el 08.07.2018 y el 08.01.2021. 3. No deberán haber distribuido beneficios; 4. No deberán haber surgido de una operación societaria de fusión, absorción …; 5. Capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias y/o mediante compensación de créditos de los socios, inscritos en el registro antes de la presentación de la solicitud. 6. Asimismo, deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los 2 últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente. Excluidas: a) empresas en crisis b) empresas beneficiarias, anteriormente, de las ayudas NEOTEC del CDTI. |
Dotación 💶 | 36.460.000 € |
Tipo de ayuda | 💰 Subvención. |
Intensidad de ayuda | a. En general– Subvenciones de hasta el 70 % del presupuesto de la actuación. Importe máximo – 250.000 € por beneficiario. b. Actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor- hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación Importe máximo – 325.000 € por beneficiario. |
R. minimis | No |
Duración del proyecto | Actuaciones anuales o plurianuales, desde el 1 de enero de 2022, pudiendo finalizar el 31 de diciembre de 2022, o bien el 31 de diciembre de 2023. |
Presupuesto del proyecto | Mínimo financiable — 175.000 €. |
Gastos Subvencionables | Los incluidos en el plan de empresa, necesarios para el desarrollo del mismo, derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2021 y 2022. a) Inversiones en equipos. b) Gastos de personal. – Coste Hora máx. 40 € – Contratación Doctor/a – contrato laboral indefinido y a tiempo completo, tras la solicitud de ayuda. Salario bruto entre 30.000 € y 50.000 € – Imputación 100% c) Materiales. d) Colaboraciones externas / asesoría. –se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora. e) Otros costes— alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor (máximo 2.000 € por beneficiario y anualidad). Subcontratación. – Máximo 50% Obligatorio contrato por escrito y autorizado por el CDTI si: – excede del 20 % del importe de la ayuda concedida y – sea superior a 60.000 € |
Otros datos | 3 ofertas para gastos superiores a 15.000 € Pago de la ayuda. – pago anticipado, a cuenta, del 60% de la subvención concedida para el proyecto, con un máximo de 150.000 €. – no deberá constituirse garantía alguna. |
Bases reguladoras | CNU/1308/2018, de 28 de noviembre (BOE 10.12.18) |
Fondos Europeos | Mecanismo de Recuperación y Resiliencia – Next Generation EU |
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