COMUNITAT VALENCIANA. Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural. Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria
INVERSIONES EN MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS
CONVOCATORIA 2017
Ayudas a las inversiones dirigidas a la mejora de las condiciones de transformación y/o comercialización de los productos agrícolas enumerados en el anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca y la acuicultura.
Objeto:
a) La mejora del rendimiento global de la empresa, la creación de nuevas empresas y la creación y/o mantenimiento de puestos de trabajo,
b) El acceso a un mayor valor añadido por parte del sector primario, merced a la transformación y/o comercialización de los productos,
c) La consecución de mejoras en los niveles de calidad y seguridad alimentaria,
d) La diversificación de productos y la orientación de la producción de acuerdo con las tendencias del mercado, incluyendo mejora o racionalización de los canales de comercialización.
e) La reducción de los costes de producción y aplicación de nuevas tecnologías para la mejora de los procesos de transformación.
f) La protección del medio ambiente y el entorno natural.
g) El mantenimiento y consolidación de un tejido social viable en las zonas rurales, reforzando la cadena de valor entre la producción de materias primas agrícolas y la industria de transformación.
Plazo de solicitud.- Del 7.06.2017 al 6.07.2017
Dotación.- 27.000.000 €, distribuidos
- 2017: 1.000.000 euros
- 2018: 10.000.000 euros
- 2019: 16.000.000 euros
Beneficiarios
- Las PyMEs agroalimentarias del sector de la transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos y de la alimentación
- las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas,
- las Comunidades de bienes o
- cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, o actividades que motivan la concesión de la subvención.
Cuantía del proyecto de inversión – Mínimo 800.000 €, comprometa más del 50 % del Fondo Operativo de la OPFH
Inversiones subvencionables
Las inversiones (no arrendamientos) relacionadas con las instalaciones de comercialización, incluidas en las actuaciones siguientes:
2.1.1 — Mejora de la trazabilidad.
– Adquisición de instrumentos de gestión y análisis para sistemas de trazabilidad: programas informáticos, lectores, etc.
2.1.4 — Construcción de laboratorios y equipamiento (material de laboratorio no fungible)
– Obra civil y gastos de material no fungible (microscopios, material de laboratorio, etc.)
3.1.2 — Maquinaria, instalaciones y equipos
– Instalación maquinaria de manipulación, clasificación y presentación; maquinaria de limpieza, pelado y troceado, maquinaria de selección y calibrado, maquinaria de envasado, instalaciones eléctricas en nave o en central, maquinaria confección de “cuarta o quinta gama”, maquinaria para la transformación o para la valorización de subproductos de la transformación, envolvedoras, etiquetadoras, túneles de lavado de cajas, transformadores e instalaciones eléctricas. Mejora y acondicionamiento de los elementos anteriores, etc.
– Instalación de básculas, cintas transportadoras, maquinaria limpia cintas paletizadotes, despaletizadores y apiladoras de envases, transportadores aéreos de cajas, carretillas elevadoras y transpaletas.
– Equipamiento frigorífico.
– Instalaciones y equipamiento necesario para una tienda minorista.
3.1.3 — Equipamiento informático.
– Sistemas de control de producción y trazabilidad (programas informáticos, lectores, etc.), Automatización clasificación de líneas de producción (hardware y software).
– Implantación de canal Web y de sistemas de información y comunicación mediante mensajes a móviles.
3.1.5 — Otras inversiones en infraestructura y equipos.
7.3.1 — Instalaciones o mejoras de depuración y recuperación del agua.
7.12.1 — Instalaciones de energía renovable (eólica y solar).
7.13.1 –Utilización de medios de producción más eficientes energéticamente
7.14.1 — Cogeneración [producción combinada de calor y energía] de energía a partir de residuos derivados de la producción, transformación, acondicionamiento del producto para su comercialización o comercialización de frutas y hortalizas.
7.20.1 — Valorización de residuos generados en las fases de producción, transformación, acondicionamiento del producto para su comercialización o comercialización.
7.21.1 — Tratamiento, recuperación y clasificación de residuos.
Requisitos de las inversiones
a) las inversiones en adquisición, construcción o instalación de activos materiales, deberán radicarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
b) La fecha de inicio de las operaciones no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud de ayuda.
c) En el caso de que las inversiones requieran una evaluación de impacto ambiental en aplicación de la Directiva 2011/92/UE, la ayuda estará subordinada a que la evaluación haya sido realizada y que la autorización de la ejecución del proyecto haya sido concedida, antes de la fecha de concesión de la ayuda individual.
Inversiones Excluidas.
a) Inversiones dirigidas al comercio minorista en destino.
b) Inversiones de reposición o mera sustitución de equipos y maquinaria, salvo si la nueva adquisición corresponde a equipos o maquinaria distintos a los anteriores que amplíen la capacidad de producción o introduzcan cambios fundamentales en la naturaleza de la producción o la tecnología correspondiente
Gastos subvencionables.
a) La compra o el arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo,
b) La adquisición o desarrollo de programas informáticos y TIC en general, las adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
c) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados en las letras a y b con el límite del 8 % sobre los citados costes, tales como honorarios de ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre elección de ofertas de proveedores optimizadas desde el punto de vista económico y medioambiental (eficiencia en el ahorro de agua y en ahorro energético), incluidos los estudios de viabilidad para nuevas inversiones.
Ayuda.- Subvención
Intensidad máxima de ayuda
a) El resultado del proceso productivo objeto de la inversión sea un producto del anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca y la acuicultura. — 30% del coste total de la actividad subvencionada
- 35% — inversiones vinculadas a fusiones o procesos de integración empresarial que incrementen la capacidad de penetración en el mercado de la entidad resultante de la fusión,
- 35% — si el solicitante es pequeña empresa o microempresa.
- 40 % del coste total de la actividad subvencionada en las operaciones de inversión promovidas por microempresas, ubicadas en alguno de los municipios clasificados como territorio rural para la medida LEADER 2014/2020, siempre que el traslado o la nueva instalación no provoquen el desmantelamiento de otra empresa en el ámbito geográfico de la Comunitat Valenciana, ni produzca desabastecimientos en otra empresa de la misma zona o zonas limítrofes.
b) El resultado del proceso productivo objeto de la inversión no sea un producto del anexo I del TFUE, excluidos los productos de la pesca y la acuicultura. — 10 % del coste total de la actividad subvencionada
- 20% — pequeñas empresas y microempresas.
Límite de ayuda por beneficiario — 4.000.000 euros para el conjunto de operaciones de inversión realizadas en el periodo 2014/2020.
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