Muy interesante convocatoria de subvenciones públicas de la Junta de Andalucía. Consejería de Empleo, Empresa y Comercio. Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía. 2017-2020
Objetivo general.- Incentivo a la inversión productiva y los servicios avanzados para mejorar la competitividad e incrementar el tejido productivo andaluz con la finalidad de impulsar el crecimiento económico y el empleo estable y de calidad.
Este objetivo general se concreta en 4 objetivos específicos:
- la industrialización de Andalucía, avanzando hacia una industria 4.0,
- el fomento de la innovación y el desarrollo tecnológico en las empresas,
- la mejora organizativa de las pymes
- y su transformación digital.
Beneficiarios.- Empresas, preferentemente Pymes, del sector industrial y tecnológico, que cuenten o vayan a contar con un establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social.
Las grandes empresas del sector industrial podrán tener acceso a las subvenciones reguladas en la presente Orden cuando propongan proyectos de inversión inicial superior a un millón de euros, que creen al menos 5 puestos de trabajo en número de equivalente a tiempo completo (en adelante ETC),
Líneas de acción del programa:
a) La creación de actividad económica.
b) La mejora de la competitividad empresarial.
c) La alta generación de empleo.
d) La incorporación de servicios avanzados.
e) La transformación digital de las pymes.
Tipologías de proyectos subvencionables (Consultar detalles).
Ayuda.- Subvención.
El porcentaje de ayuda se calcula como un tipo mínimo en función de la tipología de proyecto solicitado, al que se le sumarán los porcentajes en función de las características adicionales que reúna el proyecto (Consultar detalles).
Mantenimiento.- las inversiones realizadas por el proyecto se mantengan en Andalucía, al menos, durante 5 años a contar desde la fecha de la justificación para el caso de gran empresa o de 3 años en el caso de las pymes. En cualquier caso, en el supuesto de adquisición, construcción, rehabilitación y mejora de bienes inscribibles en un registro público, las inversiones se mantendrán durante 5 años.
Autofinanciación mínima del 25% de la inversión subvencionable, libre de toda ayuda, incluida la ayuda de mínimis si existiera.
Ayudas en régimen de concurrencia no competitiva.
CONSULTAR MÁS DETALLES SOBRE…
Pago – tras la acreditación adecuada de la realización del proyecto.
Inversiones y gastos subvencionables.
Bases reguladoras.
Capacidad económico–financiera suficiente para afrontar el proyecto de inversión.
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